ANÁLISIS DE LOS FACTORES DE RIESGO LABORAL: FÍSICOS, QUÍMICOS
BIOLÓGICOS Y ORGANIZATIVOS. SU INCIDENCIA EN LA SALUD. 0. INTRODUCCIÓN. CONCEPTO DE RIESGO. 1. ANÁLISIS DE LOS FACTORES DE RIESGO LABORAL: FÍSICOS, QUÍMICOS,
PSICOLÓGICOS Y ORGANIZATIVOS. SU INCIDENCIA EN LA SALUD. 1.1. Factores físicos de riesgo en el trabajo.
1.2. Riesgos químicos
1.3. Riesgos biológicos.
1.4. Riesgos organizativos. 2. SU INCIDENCIA EN LA SALUD. 2.1. El accidente de trabajo.
2.2. La enfermedad profesional
2.3. La fatiga.
2.4. Insatisfacción.
2.5. El envejecimiento prematuro.
2.6. El estrés
0. INTRODUCCIÓN. CONCEPTO DE RIESGO.
El trabajo es una actividad humana que tiene una finalidad económica y que se desarrolla en un ambiente concreto. Los factores nocivos para el hombre que puede generar el trabajo se derivan de:
La actividad que desarrolla el organismo del trabajador, muchas veces en dependencia de ese mismo organismo (esfuerzo, sobrecarga física, etc.).
La presencia en el medio ambiente de un agente específico, generado por el trabajo mismo. En cuanto a la perturbación del medio ambiente, se ha de distinguir un componente material (orgánico o inorgánico) y un ambiente psicosocial. En todos estos casos, los factores operan sobre el organismo del trabajador y originan patologías del trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 8 de noviembre de 1.995 con respecto al riesgo laboral y a los daños derivados del trabajo, establece en el art.4 la siguiente definición de riesgo: “Se entiende como riesgo laboral la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.” 1. ANÁLISIS DE LOS FACTORES DE RIESGO LABORAL: FÍSICOS, QUÍMICOS, BIOLÓGICOS Y ORGANIZATIVOS. SU INCIDENCIA EN LA SALUD.
1.2. FACTORES FÍSICOS DE RIESGO EN EL TRABAJO Detrás de los factores físicos de riesgo en el trabajo hay formas de energía, elementos energéticos agresivos presentes en el medio ambiente y generados por fuentes concretas. Estas energías son de carácter mecánico, térmico y electromagnético. Los riesgos laborales de carácter físico en el trabajo más destacado son: los riesgos mecánicos, el ruido, vibraciones, iluminación, condiciones ambientales (termohigrométricas), radiaciones ionizantes y no ionizantes, campos eléctricos y magnéticos, presiones y depresiones A continuación se expone cada uno de ellos.
ESPACIOS DE TRABAJO
Regulados en el Real Decreto 486/97 de 14 de abril marca los espacios mínimos en los lugares de trabajo.
Los efectos sobre la salud de estos espacios de trabajo pueden ir desde golpes, atrapamientos, atropellamientos, etc hasta incomodidades, y otros de carácter ergonómico.
MANIPULACIÓN Y TRANSPORTE
La manipulación de cargas está regulada en el Real Decreto 487/97 de 14 de abril que está especialmente pensado para riesgos dorsolumbares.
Otros riesgos derivados de la manipulación y transporte serían: la fatiga, problemas en la espalda, articulaciones, musculares, etc. RIESGOS MECÁNICOS.
Los riesgos mecánicos pueden tener su origen en:
Máquinas y equipos: elementos móviles de las máquinas, el material con el que se trabaja, elementos de la máquina proyectados.
Herramientas (manuales o de accionamiento mecánico): herramientas inadecuadas, de baja calidad o falta de formación del operario.
La incidencia en la salud de estos riesgos es clara: desde golpes, caídas al mismo o distinto nivel, laceraciones, fracturas, hemorragias, invalidez, hasta la muerte.
Hay que destacar, dadas las estadísticas recientes del INSHT, la pérdida de visión por proyección de fragmentos. RUIDO. El Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo regula los aspectos fundamentales en relación a este riesgo. El ruido se puede definir como todo sonido molesto y no deseado. Algunos autores señalan además otras características del ruido, como son que es inútil y peligroso para la salud. Por sonido hay que entender que es toda sensación percibido por el oído debida a las diferencias de presión producidas por la vibración de un cuerpo. Para que estas variaciones de presión puedan producir sensación auditiva, es imprescindible que reúnan unas características en cuanto a la frecuencia y a la presión sonora. Por un lado la frecuencia debe estar comprendida entre 20 y 20.000 Hz, valores que constituyen el campo de frecuencias audibles. En lo que respecta al nivel de presión sonora, ésta ha de ser superior al umbral de percepción e inferior al umbral de dolor. La diferencia entre sonido y ruido no es de naturaleza física, sino que es subjetiva.
Las magnitudes fundamentales del ruido son: Nivel : que se puede definir como la cantidad de energía empleada para generar un ruido (se puede definir también como la intensidad o amplitud de ondas de presión La unidad de medida del nivel del ruido es el decibelio (Db). Frecuencia : se puede definir como la cantidad de veces que se presenta cada ruido de los que forman el ruido total, es decir, es el número de vibraciones que se producen por segundo. La unidad de medida de la frecuencia es el Hertzio (Hz). La peligrosidad del ruido depende de:
Nivel y frecuencia del ruido.
Tiempo de exposición, que es la cantidad de tiempo total que la persona permanece expuesta a la acción del agente agresor, que en este caso es el ruido y se mide en horas.
Los ruidos pueden clasificarse por: La forma de presentarse, puede ser: Ruido encubridor: es aquél que impide o dificulta oír otros sonidos. Ej: en un lugar de trabajo el ruido de las máquinas puede perturbar una conversación. Ruido irritante son aquéllos que pueden causar irritación teniendo en cuenta que la propia irritación depende de sí el ruido en cuestión resulta deseable o indeseable para la propia persona. Por la Periodicidad del ruido, pueden ser: Ruido continuo o estacionario: Es todo aquél cuyas variaciones de nivel se producen en intervalos inferiores a1 segundo. Ejemplo: Ruido de una sala de compresores. Ruido no estacionario: Es todo aquél que se produce de manera discontinua
Ejemplo: ruido de tráfico. Ruido de impacto: Es todo aquél en el que sus variaciones de nivel sonoro se producen en intervalos superiores a1 segundo. Ejemplo : Ruido de los golpes. Medición del sonido Para conocer la intensidad de un sonido se realiza la medición del nivel de presión acústica (NPA), para los ruidos continuo y discontinuo, y la del nivel de pico, para el de impacto. Los sonómetros y dosímetros se utilizan para medir el NPA y el analizador de pico para valorar el ruido de impacto. El sonómetro consta de cuatro elementos básicos: micrófono, filtro de frecuencia, rectificador y medidor. Facilita en decibelios el PA de un ruido continuo. El dosímetro determina los efectos del ruido intermitente o discontinuo en períodos de larga duración. El trabajador ha de llevarlo, al menos, durante un ciclo de trabajo. Actúa hallando la medida del ruido recibido y da la respuesta de tanto por ciento. El analizador de impacto o pico es un sonómetro que puede medir ruidos de muy poca duración. En lo que respecta a su incidencia en la salud sus efectos van desde la sordera, la hipoacusia, dolores de cabeza, hasta accidentes por falta de entendimiento debido al ruido o pérdida de confort.
MEDIDAS A TOMAR
| Valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción:
LAeq,d = 80 dB(A) y
Lpico = 135 dB (C), respectivamente.
| Valores superiores de exposición que dan lugar a una acción:
LAeq,d = 85 dB(A) y
Lpico = 137 dB (C), respectivamente;
| Valores límite de exposición:
LAeq,d = 87 dB(A) y
Lpico= 140 dB (C), respectivamente;
| Formación e Información
| SI
| SI
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| Evaluación de riesgos
| Cada tres años
| Cada año
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| Protectores auditivos
| Se pondrán a disposición
| Se utilizarán
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| Controles función auditiva
| Sólo si la evaluación indica riesgo
| SI
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| El empresario establecerá y ejecutará un programa de medidas técnicas y/o de organización que deberán integrarse en la planificación de la actividad preventiva de la empresa, destinado a reducir la exposición al ruido
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| SI
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| Señalización apropiada
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| SI
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| Cuando sea viable desde el punto de vista técnico y el riesgo de exposición lo justifique, se delimitarán dichos lugares y se limitará el acceso a ellos.
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| SI
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| Tomar inmediatamente medidas para reducir la exposición por debajo de los valores límite de exposición;
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| SI
| Determinar las razones de la sobreexposición,
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| SI
| Corregir las medidas de prevención y protección, a fin de evitar que vuelva a producirse una reincidencia;
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| SI
| Informar a los delegados de prevención de tales circunstancias.
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| SI
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