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J Trébol SEM LEGAL 3 TOXICOLOGÍA FORENSE Dr. M.Sancho Un tóxico se puede estudiar desde 2 puntos de vista:
Desde el punto de vista médico lo más importante es la interacción tóxico-ser vivo siendo el tóxico todo aquello capaz de producir daño para la salud. Desde el punto de vista legal se hace una clara distinción entre sustancia tóxica y veneno, relacionándose esta última con una INTENCIONALIDAD a diferencia de la primera. Otro concepto fundamental de la toxicidad es que es una cualidad de la sustancia ni intrínseca ni exclusiva de la misma; depende de 4 factores:
HISTORIA DE LOS VENENOS
HISTORIA DE LA TOXICOLOGÍA:
Toma de conciencia de las consecuencias de sustancias tóxicas sobre todo de origen medicamentoso. Algunas grandes catástrofes: EEUU 1929 (triortocresil fosfato), Japón (pescado con meil-Hg), España 1981 (aceite de colza desnaturalizado). Han producido gran sobresalto en la población. Enseñanzas e información (tanto en Medicina como en otras). RAMAS DE LA TOXICOLOGÍALa toxicología se nutre de una serie de ciencias básicas (química, biología, física,…) y tiene una serie de ramas aplicadas:
ASPECTOS LEGALES DE LAS INTOXICACIONES A) Voluntarias
B) Involuntarias
A) INTOXICACIONES VOLUNTARIAS: Intoxicaciones criminales u homicidas: Son raras (1/50 intoxicaciones). Sin embargo son muy importantes por sus graves consecuencias y por su trascendencia. El retrato robot de quien las trama es una mujer de ambiente rural y bajo nivel cultural. Pueden ser de 2 tipos: -directas: busca matar. -indirectas: no busca matar sino: bromas, manejar a la víctima, filtros amorosos y sustancias “que dicen que van a hacer que te enamores”. Son de gran trascendencia y concurren en circunstancia agravante ya que se realizan con alevosía (se presupone siempre que la persona no puede defenderse). Aplicando el artículo 139 dar un veneno es un asesinato y no un homicidio porque se hace con alevosía. También aunque no mates es un delito de lesiones: el daño por un veneno, sea cual sea, es una lesión y usarlo es un agravante. Delito de aborto: Castiga el delito de aborto cuando -es sin consentimiento de la mujer. -se produce fuera de los preceptos permitidos. -cuando deriva de una imprudencia grave como dar un medicamento claramente contraindicado. Delito de daños: Incurres en él por ejemplo al buscar un daño económico claro (ej intoxicar el ganado o las aguas de regadío de alguien). Intoxicaciones en suicidios: No es sancionable (entre otras cosas porque el tío se muere) pero si la inducción, cooperación o ejecución. La petición expresa por una víctima que está impedida es una circunstancia atenuante. Intoxicaciones por drogas: Artículo 20: están exentos de responsabilidad criminal quienes están intoxicados por algunas sustancias; tiene que demostrarse que no haya nada de capacidad y siempre debe descartarse que no se haya drogado específicamente para perpetrar el delito. Es una circunstancia atenuante (notar que no exime como antes) que sea consecuencia de una grave adicción a determinadas sustancias. También hay repercusiones en seguridad vial: -castigo a conducir bajo efectos de la sustancia. -castigo para la negación a someterse al control. Relacionado con esto están algunos delitos contra la salud pública: Tráfico de Drogas: -cultivo, elaboración, tráfico y promoción del consumo. -el concepto de tráfico varía según la jurisprudencia: -no es solo el tráfico comercial sino también la donación. -tb el que la posea con el fin de traficar (aunque no le pilles vendiendo): valoración: -análisis del sujeto para ver si la consume o no (si no es para vender fijo). -cantidad. -el castigo será diferente si causa o no grave daño (se basa en la jurisprudencia tb, no hay una lista; la única que parece que no es el hachís). -circunstancias agravantes: -cantidad de notaria importancia (+ de 200 dosis). -adulteración de la droga (siempre aumenta el daño). Doping: 1) A los que no estando autorizados dan determinadas sustancias a deportistas. 2) A los que estándolo se las dan incurriendo en un mal uso de las mismas. B) INTOXICACIONES INVOLUNTARIAS: Laborales y domésticas: Poca importancia salvo algunos casos de drogadictos que son condenados por imprudencia al dejar droga al alcance de niños,… Intoxicaciones por medicamentos: Penas si se produce sin estar autorizado (y también por mal uso e yatrogenia). Intoxicación ambiental: Es una figura en la Constitución y en el Código Penal independiente. Intoxicación por alimentos: Está penado por ej dar cosas tóxicas a los animales para que engorden,… |