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INFORME DE VISITA TÉCNICA SOBRE LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EMPRESA:
| INFORME DE VISITA TÉCNICA SOBRE LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS ÍNDICE:
OBJETIVO.- 2
A)RESUMEN VISITA: 3
1.- CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS 3
2.-CONDICIONES DE EMBALAJE: 3
3.-ETIQUETAS Y PICTOGRAMAS DE PELIGRO: 3
4.- MANIPULACION: 4
5- DOCUMENTACION DEL o para el TRANSPORTISTA: 5
7- SEGURIDAD Y PREVENCIÓN 6
EQUIPOS DE TRANSPORTE 6
9- FORMACIÓN DEL PERSONAL. 7
10- ACCIDENTES / INCIDENTES 7
B)EVALUACIÓN DEL PROGRESO: 7
C)RECOMENDACIONES GENERALES: 7
INFORME DE VISITA TÉCNICA SOBRE LAS OPERACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.
OBJETIVO.- Dar cumplimiento al art. 31 del Real Decreto 97/2014 por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, y donde se establece la exigencia de realizar como mínimo, una visita inicial y una al año a cada establecimiento o instalación en donde se desarrollen actividades con mercancías peligrosas que hayan sido comunicadas de acuerdo a lo establecido en el punto a) del Artículo 28 del presente Real Decreto.
“Los consejeros de seguridad realizarán, (En el caso de que el único personal implicado en la actividad de descarga sea el de la empresa transportista, la visita anual podrá ser bienal, siendo necesario realizar visitas excepcionales cada vez que se modifiquen las instalaciones que afecten al procedimiento de las operaciones de descarga) . En estas visitas el consejero comprobará, a los efectos de garantizar la seguridad en las instalaciones, que se cumplen todas las condiciones y procedimientos exigibles, tanto por el ADR como por el presente real Decreto. “ Informe técnico de evaluación.
Los consejeros de seguridad realizarán, como mínimo, un informe de situación evaluando el grado de cumplimiento de los requisitos exigidos por el ADR en cada establecimiento o instalación en donde se desarrollen actividades con mercancías peligrosas que hayan sido comunicadas de acuerdo a lo establecido el Artículo 32 del presente Real Decreto. En este informe el consejero examinará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente, conforme se especifican en la relación de las funciones y obligaciones asignadas al consejero, tanto en el ADR como en el presente Real Decreto.
En cada uno de los centros en donde el consejero deba examinar el cumplimiento de las reglas aplicables, deberá existir, por lo menos, un informe de evaluación de situación en relación al cumplimiento de los requisitos exigidos por el ADR.
En el informe de evaluación de requisitos se anotarán, además, cualquier incidencia que detecte el consejero en relación con el desarrollo de sus funciones.
Las anotaciones irán firmadas por el consejero de seguridad y por el responsable del centro de trabajo con indicación de la fecha en la que se hubiera efectuado el informe.
El citado informe deberá guardarse en el centro de trabajo o domicilio fiscal durante, al menos, cinco años.
En este informe se examinará el grado de seguimiento de cumplimiento de los requisitos requeridos en las operaciones de transporte y si es el caso, se identificaran incidencias y se establecerá la planificación de unas medidas correctoras y/o preventivas.
Este informe se compone de 2 partes:
A) Resumen de la visita realizada
B) Conclusiones generales y recomendaciones
RESUMEN VISITA:
Resumir en líneas generales como ha transcurrido la visita.
Se revisan los siguientes temas:
1.- CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS Revisar la clasificación ADR de las mercancías peligrosas y comprobar si hay cambios o novedades.
Se revisan modificaciones nuevo ADR
*Conviene tener preparado un listado
2.-CONDICIONES DE EMBALAJE: Tipos de embalajes, codificación y marcado:
Comprobar que haya un procedimiento que asegure el uso de los embalajes adecuados que sean homologados y en caso de deban ser revisados periódicamente como los GRGs, atender y controlar dichas revisiones así como el estado de los mismos.
3.-ETIQUETAS Y PICTOGRAMAS DE PELIGRO: Comprobar el listado de mercancías peligrosas y las etiquetas y pictogramas que corresponden.
Atendiendo también a su colocación en los bultos y/o sobreembalajes cuando proceda siguiendo las disposiciones de los capítulos 5.1 y 5.2 del ADR.
4.- MANIPULACION: Mirar si hay procedimiento de manipulación de mercancías peligrosas, según las disposiciones del capítulo 7.5 del ADR y verificar su aplicación.
Descarga: Procedimiento de descarga adecuado para el tipo de mercancía y/o tipo de transporte.
Horario
EPIs
Responsabilidades
Documentación
Comprobaciones
Carga:
Procedimiento de carga adecuado para el tipo de mercancía y/o tipo de transporte.
Comprobaciones: La lista de comprobaciones se adecuará al tipo de transporte por lo que en la elaboración de estas comprobaciones se deberá, si procede distinguir los requisitos exigibles para cada tipo: descarga de cisternas o descarga de bultos. También se atenderán los requisitos exigibles si se trata de carga de contenedores (certificado arrumazón). Esta lista seguirá lo dispuesto en Anexo II del RD 551.
Horario
EPIs
Responsabilidades
Documentación
5- DOCUMENTACION DEL o para el TRANSPORTISTA:
En la descarga:
Verificar, comprobar y archivar que el transportista entrega la Carta de porte de las mercancías descargadas y que cumple con todos los requisitos exigidos en el ADR.
En cisternas: Si no se han realizado las operaciones de limpieza se debe entregar al transportista una carta de Porte firmada por la empresa de vehículo en vacío (si no la trae el proveedor. En ese caso, revisarla para asegurarnos que es correcta de acuerdo al ADR).
Verificar las responsabilidades según el tipo de transporte.
En la carga:
Verificar que se cumple:
Que al transportista se le entrega la carta de porte antes de la salida.
Que el transportista lleva las instrucciones escritas de seguridad.
Que el transportista dispone su certificado de formación ADR adecuado al tipo de transporte y de mercancías que va a transportar.
Que el transportista presenta cuando proceda por el tipo de transporte, el certificado de aprobación del vehículo (Cuando sea EXII, EXIII, FL, OX Y AT o las MEMU)
6- ZONAS DE CARGA/DESCARGA DE LA EMPRESA:
Espacio
Señalización
Medidas extinción
Zona acondicionada. Suelo pavimentado
7- SEGURIDAD Y PREVENCIÓN Procedimientos de trabajo de seguridad necesarios para prevenir accidentes, proteger al personal y al medio ambiente.
Mantenimiento y revisión de las instalaciones, de los equipos de trabajo, de los equipos de protección y de prevención.
Plan de Emergencia en caso de derrame, accidente, …donde se especifican el modo de actuación a seguir en caso de emergencia y se ha comprobado su eficacia con diferentes simulacros.
Existen cubetos de contención y material absorbente para recogida derrames.
Medios de extinción y toma de tierra
EQUIPOS DE TRANSPORTE El control de los equipos de transporte
9- FORMACIÓN DEL PERSONAL. Comprobar que la formación del personal implicado se ajusta a lo dispuesto en Capítulo 1.3 del ADR. Esta formación además deberá ser actualizada periódicamente de manera que se incluyan los cambios legislativos que se vayan introduciendo y a fin de lograr una mayor implicación del personal. Se deberá tener en cuenta las nuevas incorporaciones de personal.
Deberá ser adecuada a la actividad que vaya a desarrollar y tener como objeto sensibilizar al personal sobre los procedimientos a seguir para la manipulación en condiciones de seguridad y los procedimientos de emergencia.
10- ACCIDENTES / INCIDENTES Informes de incidente/accidente durante la manipulación, carga y descarga de las sustancias peligrosas
EVALUACIÓN DEL PROGRESO:
RECOMENDACIONES GENERALES:
Fecha:
Firma Firma
Consejero de seguridad de la empresa Responsable de la empresa
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