Oficio-circular núM. 67/2007, de 19 de diciembre, de la dirección de autonomía personal, bienestar social y atención al mayor




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ASUNTO: Convocatoria 2008 de "Vacaciones Sociales para el Colectivo de Mayores y Pensionistas de la ONCE".


OFICIO-CIRCULAR NÚM. 67/2007, DE 19 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN DE AUTONOMÍA PERSONAL, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN AL MAYOR

Registro General nº.: 2007/691495
Dada la gran acogida que las personas mayores vinculadas a la ONCE vienen mostrando hacia las vacaciones sociales, así como el alto beneficio que proporciona la participación en las actividades de carácter social, cultural y turístico-recreativo que se organizan, y que redundan en una notable mejora de la calidad de vida de este colectivo, se ha resuelto publicar una nueva Convocatoria de Vacaciones Sociales para el Colectivo de Mayores y Pensionistas de la ONCE.
En consecuencia y conforme A las facultades conferidas al Director General en el artículo 6.3.d) del Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, modificado por los Reales Decretos 1200/1999 y 1359/2005, y en los vigentes Estatutos de la ONCE, y atendiendo a los procedimientos para la publicación de normativa previstos en la Circular 1/2006, se convocan las "Vacaciones Sociales para el Colectivo de Mayores y Pensionistas de la ONCE 2008", que se desarrollarán por esta Entidad en colaboración con la Agencia "Viajes 2000, S.A.", disponiéndose lo siguiente:
1.- CARACTERÍSTICAS GENERALES
1.1 La presente Convocatoria se desarrollará desde el 1 de enero de 2008 hasta el 2 de enero de 2009.


    1. La distribución de los turnos que se realizarán en la Convocatoria que nos ocupa, con especificación de fechas, Centro de origen, número de plazas, destino y medio de transporte a utilizar, se recoge en el Anexo I del presente Oficio-Circular.




    1. La duración de los turnos será:

– De 8 días los turnos de carácter cultural.

De 15 días los turnos de turismo en la península, balnearios e islas.1.4 Dadas las especiales características del Viaje de Navidad, éste se regulará mediante un Oficio-Circular específico que se publicará en junio de 2008.
1.5 Los grupos podrán salir, siempre y cuando estén constituidos por un mínimo de dieciocho personas excluido el monitor. Cuando el turno no alcance el mínimo indicado, deberá solicitarse autorización mediante correo electrónico al Departamento de Bienestar Social y Atención al Mayor, que estudiará las diferentes posibilidades y, dependiendo de la valoración realizada, autorizará o no la salida del grupo.
1.6 Los Centros que no completen las plazas asignadas a un turno o tengan lista de espera deberán enviar con veinticinco días naturales de antelación, una comunicación por correo electrónico al Departamento de Bienestar Social y Atención al Mayor, que será el responsable de coordinar el proceso de reasignación de plazas. No obstante lo anterior, dicho proceso no quedará verificado por completo hasta que la Agencia Viajes 2000, S.A. confirme a Dirección General que existe disponibilidad tanto de medios de transporte como de alojamiento contratado, conforme establece la Convocatoria.
1.7 La Convocatoria de Vacaciones Sociales contempla:
a) Viaje de ida y vuelta entre la localidad donde se encuentre ubicada la Delegación Territorial o Dirección Administrativa a la que estén adscritos los participantes y el hotel de destino por autocar, tren o avión, según los casos, debiendo tenerse en cuenta las situaciones que se produzcan con los beneficiarios que residan en Ceuta y Melilla, y con los transportes interinsulares de los residentes en las islas Baleares y Canarias.
En todos los desplazamientos efectuados tanto en el trayecto de ida como en el de vuelta se realizarán los mayores esfuerzos para que, en la medida de lo posible, los mismos sean directos y se invierta el menor tiempo posible.

b) Alojamiento y manutención en el hotel de destino.

c) Dos excursiones recreativas en los turnos de turismo peninsular, balnearios e islas, y cuatro excursiones incluidas en los casos de turismo cultural (ver Anexo II).

d) Seguro turístico.

e) Un tratamiento de balneoterapia (reumatológico o respiratorio, según prescripción médica) en los destinos de balneario.

f) Apoyo turístico especializado.

1.8 A efectos de evitar agravios comparativos entre los participantes de las distintas Delegaciones Territoriales y Direcciones Administrativas, los Centros de origen no desarrollarán acciones complementarias a las incluidas en la programación general.
1.9 Con el fin de resolver problemas puntuales que pudieran plantearse, se cuenta con una póliza de seguro turístico suscrita con la Compañía Europea de Seguros, S.A., que cubre las contingencias que surjan desde el día de comienzo del viaje hasta la finalización del mismo (ver Anexo III).


    1. Todos los integrantes de un turno saldrán en grupo desde la ciudad donde esté ubicada la sede de su Delegación Territorial o Dirección Administrativa, salvo en los casos de prescripción médica que impidan realizar viajes aéreos, en cuyo caso se enviará al Dpto. de Bienestar Social y Atención al Mayor una copia de dicha prescripción para su valoración.


1.11 Las Delegaciones Territoriales y Direcciones Administrativas en cuyos ámbitos se realicen turnos de vacaciones, por estar incluidos en éstos los puntos de destino, tendrán responsabilidad general en su desarrollo, participando además, específicamente, en actividades complementarias y haciendo hincapié en los aspectos culturales, informativos y de convivencia, por lo que habrá de procurarse que los afiliados ciegos totales puedan participar fácilmente.
Además de lo indicado en el párrafo anterior, los Centros que se encuentren en esta situación colaborarán con el Departamento de Bienestar Social y Atención al Mayor de Dirección General en la búsqueda de voluntarios que desempeñen el papel de acompañante para aquellos afiliados para los que no haya sido posible encontrar esta figura en el Centro desde el que sale el turno vacacional y para los que se necesite este apoyo puntual por no tener autonomía suficiente para sus desplazamientos y no haber podido gestionar un acompañante (tal y como se contempla en la actual normativa).
1.12 Los centros fomentarán todas aquellas acciones que favorezcan la inscripción de participantes (sorteo de varios de los turnos previamente seleccionados por los beneficiarios, reuniones informativas de los destinos vacacionales, etc.) con la finalidad de evitar la anulación de turnos por falta de beneficiarios interesados.


2.- BENEFICIARIOS
2.1 Tendrán la consideración de beneficiarios, los siguiente colectivos:
a) Afiliados a la ONCE sin actividad laboral, mayores de cincuenta y cinco años.

b) Perceptores de pensión derivada de relación laboral directa con la ONCE, afiliados o no a la misma, que no realicen actividad laboral alguna y que sean mayores de cincuenta y cinco años, así como las/os viudas/os de aquellos que hayan sido trabajadores de esta Entidad y cuya edad se corresponda con la anteriormente indicada.
2.2 Cada participante, independientemente de su condición de beneficiario o acompañante, podrá disfrutar en la presente Convocatoria de un máximo de tres viajes.
2.3 Los beneficiarios (afiliados o pensionistas), que presenten incapacidad para desenvolverse de forma autónoma e independiente, deberán viajar necesariamente con un acompañante con capacidad para poder apoyarle en todo momento, recomendándose la elección de personas de edad similar por razones de homogeneidad de los grupos.
En todos los casos, el acompañante deberá ser siempre mayor de edad, autónomo y contar con un buen estado general de salud que le permita desarrollar adecuadamente su papel de acompañante en todo tipo de actividades, tales como excursiones, desplazamientos, manejo y control de equipajes, asistencia durante las comidas, etc.
En este sentido, se habilitarán algunas mesas en el comedor de aquellos hoteles que dispongan de un horario y espacio concreto para la realización de los desayunos, comidas y cenas de nuestros grupos. Estas mesas estarán reservadas exclusivamente para los beneficiarios con ceguera total y sus acompañantes aunque el servicio de apoyo que prestará el personal del hotel irá dirigido solo a los primeros. No obstante, todos aquellos beneficiarios que cumplan estas características pero que prefieran ocupar otras mesas, no dispondrán de este servicio de apoyo especial.
Cuando se den limitaciones en la movilidad y autonomía personal del afiliado, así como en la de su cónyuge o pareja de hecho, la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor, previo informe emitido al respecto por el Jefe del Departamento de Servicios Sociales para Afiliados, podrá autorizar la asistencia de un acompañante adicional.

2.4 Al objeto de conocer el grado de satisfacción alcanzado por los beneficiarios, una vez finalizado el viaje, cumplimentarán el cuestionario de evaluación (Anexo IV) que será facilitado por el Centro al que se encuentren adscritos, garantizándose la confidencialidad de los datos y el anonimato de los encuestados.
3.- PERSONAL DE APOYO
3.1 La ONCE asignará en los diferentes turnos como personal de apoyo a monitores especializados responsables de cada grupo, que deberán ser seleccionados por las distintas Delegaciones Territoriales y Direcciones Administrativas, de acuerdo con el perfil exigido en el Anexo V, que se incluye en la presente normativa.
3.2 Los monitores, antes de su incorporación, habrán de ser formados debidamente en sus Centros y contratados de acuerdo al modelo establecido oficialmente por el Instituto Nacional de Empleo como "CONTRATO DE TRABAJO DE DURACIÓN DETERMINADA", bajo la modalidad de Obra o Servicio Determinado, complementándose con las Cláusulas Adicionales que se acompañan como Anexo VI del presente Oficio-Circular.
El pago a los monitores será efectuado, mediante nómina, por las distintas Delegaciones Territoriales y Direcciones Administrativas, debiendo realizarse su gestión a través de la aplicación informática de "Vacaciones Sociales", imputándose el gasto a la actividad 03075 "Vacaciones sociales”.
3.3 La remuneración que percibirán los monitores se calculará de acuerdo con el detalle que figura en el Anexo V.
En los casos en que, excepcionalmente, se recurra a personal de la ONCE, se abonará mediante nómina la cantidad de VEINTICUATRO euros con VEINTINUEVE céntimos (24,29 €) brutos diarios, con independencia de su retribución laboral.
3.4 Al iniciarse los distintos turnos, los monitores recibirán de la Delegación Territorial o Dirección Administrativa de la que dependan, una cantidad en metálico, cuyo importe máximo se fija en TRESCIENTOS EUROS (300 €) por grupo, a efectos de afrontar los gastos imprevistos que pudieran ocasionarse, debiendo formalizarse dicha entrega mediante el correspondiente recibo y reflejarse en la aplicación PAD, en el tipo de préstamo 219 "Anticipos para gestiones".
Los gastos realizados deberán justificarse mediante facturas expedidas a nombre de la ONCE por los establecimientos o profesionales suministradores de bienes o servicios, salvo que el importe del gasto pudiera considerarse, a efectos de su justificación, como "gasto menor" (inferior a sesenta euros, o recibos de taxis de cualquier cuantía), en cuyo caso, se pueden justificar con tickets o recibos. Tales justificantes serán presentados a los Centros por parte de los monitores, cuando practiquen la liquidación del anticipo correspondiente.
Asimismo, con el fin de estar localizable y atender las incidencias que pudieran surgir, cada monitor deberá disponer de un teléfono móvil, cuyos gastos correrán a cargo del Centro.
3.5 A efectos de identificación de los monitores en el ejercicio de sus funciones, se les proveerá de la correspondiente tarjeta personalizada, según modelo establecido por la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor. Con este fin, todos los Centros deberán enviar a la mencionada Dirección, antes del 31 de enero de 2008, una fotografía y el número del DNI de cada uno de los monitores con los que se tenga previsto contar a lo largo de la presente Convocatoria, además del curriculum actualizado de cada uno de ellos.
3.6 Los monitores deberán elaborar un informe de cada turno en el que se valoren los siguientes aspectos:
a) Medios de transporte, reseñando las incidencias, en su caso.

b) Instalaciones del hotel y calidad de atención del personal.

c) Animación en el hotel.

d) Excursiones, diferenciando las incluidas de las opcionales.

e) Grado de cohesión del grupo.

f) Aspectos reseñables sobre la póliza de seguro, coordinación, salud, etc.

g) Incidencias relativas a algún/os participante/s.
Se deberá indicar en el encabezamiento la fecha y destino del turno objeto del informe, necesario en la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor para el seguimiento de los viajes, por lo que habrá de introducirse por parte de los distintos Centros en la correspondiente Aplicación Informática, dentro de los ocho días siguientes a la finalización de cada turno.
Respecto a las incidencias que pudieran surgir en los turnos vacacionales con algún participante, el monitor habrá de informar debidamente al Jefe del Departamento de Servicios Sociales para Afiliados, con la finalidad de que éste pueda valorar la gravedad de las mismas y emitir, en su caso, informe dirigido a la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor.
Una vez recibido y valorado dicho informe, la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor podrá adoptar las medidas que consideren más adecuadas.
4.- PROCEDIMIENTO
4.1 Todas las solicitudes que se reciban en cada uno de los Centros deberán introducirse en la Aplicación Informática, en el turno concreto que se solicite, con independencia del número de plazas que se hayan asignado al mismo por Normativa, debiendo cerrarse las inscripciones un mes antes de la fecha de inicio del viaje.


    1. La distribución de las plazas dentro de cada turno se efectuará priorizando la participación de los afiliados, teniendo preferencia aquéllos que no hayan disfrutado de ningún turno vacacional dentro de la Convocatoria.


Tras esta primera selección tendrán preferencia aquellos afiliados que hayan disfrutado de un menor número de viajes dentro de la misma Convocatoria.
Para el resto de beneficiarios, el criterio de priorización estará también determinado en función del número de turnos disfrutados dentro de la Convocatoria.
Por último, y ante igualdad de condiciones en cuanto a los anteriores criterios, se sortearán las plazas restantes entre dichos solicitantes, mediante un procedimiento que asegure la transparencia y objetividad en la adjudicación de las plazas.
4.3 En los casos de aquellos turnos que se desarrollen en los distintos Balnearios, será obligatoria la presentación de un informe emitido por el médico de cabecera, según el modelo del Anexo VII.
Con respecto a las plazas convocadas para Balnearios, siempre que la demanda supere a la oferta, tendrán prioridad aquellos participantes que, según el informe médico aportado, presenten necesidad del tratamiento específico que se ofrezca en el Balneario de destino.

De igual forma, en todos los demás destinos se solicitará dicho informe médico cuando el Centro lo considere necesario, al objeto de garantizar un adecuado estado de salud del solicitante para su participación en el viaje.
Asimismo, los beneficiarios habrán de viajar con su tarjeta sanitaria, habiendo previsto la necesidad de utilizar medicación durante las vacaciones, con el fin de disponer de recetas expedidas por su médico de cabecera, y deberán facilitar al monitor los datos de los familiares a quienes poder avisar en caso de producirse alguna urgencia.
4.4 Los datos sobre relación de participantes, gestión de salidas y otros detalles concretos, se transmitirán a través de una fluida comunicación entre los Centros, Viajes 2000, S.A. y el Departamento de Bienestar Social y Atención al Mayor de Dirección General.
En este sentido, cuando se produzcan bajas en la asistencia al turno de vacaciones por causas médicas graves que afecten directamente al beneficiario o a su acompañante, o fallecimiento de alguno de los mismos, el Centro deberá remitir a Viajes 2000, S.A. el original del justificante médico correspondiente y, en su caso, el oportuno certificado de defunción, así como notificación de ello a la Dirección de Autonomía Personal, Bienestar Social y Atención al Mayor. En estos casos, las Delegaciones Territoriales y Direcciones Administrativas deberán reintegrar a los interesados o familiares las cantidades que éstos hubiesen abonado en concepto de su participación.
En caso de producirse una baja por razones distintas a las señaladas anteriormente, el beneficiario deberá abonar una penalización por plaza anulada de TREINTA EUROS (30 €), correspondientes a los gastos de gestión; y cuando el desplazamiento se realice en avión, asumirá todos los gastos que hayan podido generarse tanto por su parte como por la de su acompañante. La justificación de estos gastos la realizará la Agencia Viajes 2000, S.A., mediante la emisión de la correspondiente factura del gasto emitida a nombre del interesado.
Se considerará que los participantes han formalizado la reserva, cuando hayan abonado el coste de su plaza y la de su acompañante antes de los veintiún días naturales previos a la salida del turno, momento en el que si no se ha abonado el viaje, se procederá por parte del Centro a darlos de baja en la relación definitiva de participantes que envíe, con esa misma fecha, a Viajes 2000, S.A.
4.5 El procedimiento administrativo para la reserva de plazas será el siguiente:
4.5.1 Cada turno tiene asignado un determinado número de plazas, incluyéndose en el mismo el monitor (o monitores) de la ONCE, a quien se inscribirá en el PRIMER lugar de la relación de participantes, debiendo reflejarse su nombre y apellidos SUBRAYADOS y en MAYÚSCULAS indicando su número de teléfono móvil para facilitar su localización.
4.5.2 La relación de aquellos participantes inscritos y que hayan abonado el coste correspondiente a su viaje y al de su acompañante (que se obtiene de la Aplicación Informática) se remitirá, como fecha límite, veintiún días naturales antes del inicio del turno, al buzón de correo electrónico "vacsocial2000.viajes", de Viajes 2000, S.A., con copia al Departamento de Bienestar Social y Atención al Mayor, de la Dirección General de la ONCE. Asimismo, cualquier variación o incidencia también podrá dirigirse al buzón de correo electrónico de D. Alejandro Esperón Roca, y en caso de urgencia se podrá contactar con él o con personal de Viajes 2000 a través de los teléfonos móviles 630 953 135 y 609 988 017.
A efectos de remisión de cualquier tipo de documentación, la dirección de referencia de Viajes 2000, S.A. será:
Viajes 2000, S.A.

C/ Foners, 7 - 2º - 07006 Palma de Mallorca

Tfnos.: (971) 77.47.91 y (971) 77.47.92

Nº fax: (971) 46.05.08
4.5.3 Para introducir los datos que conformarán los listados de participantes, se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Cada número corresponderá exclusivamente a un único beneficiario.

- La anotación de las personas que vayan a compartir habitación se inscribirá en números correlativos, agrupando éstos claramente con una llave, debiendo informar a aquellos participantes que viajen solos, que compartirán habitación con compañeros de otros grupos en el caso de que no sea posible emparejarlos dentro del propio, ya que la Convocatoria sólo prevé la acomodación en habitaciones dobles.

- La relación de participantes dirigida a Viajes 2000, S.A. deberá reflejar el nombre y dos apellidos, nº del D.N.I., fecha de nacimiento, ceguera (exclusivamente cuando ésta sea total), utilización de silla de ruedas o de perro-guía, así como cualquier información relevante que se estime conveniente. En la columna de "Observaciones" se indicará si el beneficiario precisa realizar alguna dieta o régimen alimenticio derivado de su estado de salud.
Asimismo, se especificará si el participante es afiliado a la ONCE, pensionista de la Entidad no afiliado o acompañante, indicando:
- A (Afiliado)

- P (Pensionista no afiliado)

- C (Acompañante)
4.5.4 El monitor de cada grupo dispondrá en todo momento de la relación de participantes, a efectos de control y debida identificación de los mismos.

5.- CONDICIONES ECONÓMICAS Y PROCEDIMIENTO CONTABLE
5.1 Para establecer la aportación económica de los beneficiarios, se computarán todos los ingresos económicos percibidos por la unidad económica familiar, así como su patrimonio, solicitando el Centro la documentación actualizada que se indica a continuación:
a) Certificado de empadronamiento o de unidad de convivencia expedido por el Ayuntamiento que corresponda, con indicación del nombre y apellidos, parentesco y fecha de nacimiento de las personas que viven con el solicitante, o de las que éste depende económicamente.
b) Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con marcación de entrega o de presentación o, en su defecto, Certificado de Imputación de Rentas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
c) Certificación de pensiones del año en curso, a través de cualesquiera de los siguientes documentos: Certificado de revalorización, Certificado de importes mensuales, etc.
d) Recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos y Rústicos (IBI) de las fincas urbanas y rústicas (incluido el suelo no edificado), adicionales a la vivienda habitual y a los bienes inmuebles afectos a actividades económicas, de las que fueran propietarios los miembros de la unidad económica familiar.
Todos los miembros de la unidad económica familiar que sean pensionistas deberán presentar los documentos consignados en los apartados b), c) y d). Asimismo, todos aquellos miembros mayores de 18 años, no pensionistas, deberán presentar alguno de los documentos indicados en los apartados b) y d).
En todos los casos, los documentos que ya obrasen en poder de la ONCE en el momento de la solicitud y se mantengan vigentes, no serán requeridos nuevamente al solicitante. Asimismo, estarán exentos de presentar documentación alguna aquellos beneficiarios que se acojan al pago del coste total del viaje indicado para cada tipo de destino.
5.2 Los precios abonados por los beneficiarios y que se encuentran subvencionados aproximadamente en dos tercios del coste total del viaje, se estructuran en cuatro grupos, según destino:
Turismo Cultural: 294 euros

Turismo en la Península: 350 euros

Balnearios y Mallorca: 393 euros

Turismo en Tenerife: 514 euros
El Anexo I recoge los destinos que se encuadran en cada bloque, con indicación de su correspondiente importe.
No obstante, tanto para afiliados como para pensionistas se establecen reducciones de precio en función de los niveles de ingresos per cápita mensuales de la unidad económica familiar, dando lugar a las siguientes cuantías a abonar por los solicitantes:


AFILIADOS

Ingresos per cápita mensuales

Precio del Viaje

294 €

350 €

393 €

514 €

De 0 € a 616 €

44 €

53 €

59 €

77 €

De 617 € a 700 €

59 €

70 €

78 €

103 €

De 701 € a 814 €

88 €

105 €

117 €

155 €

De 815 € a 949 €

146 €

175 €

198 €

258 €

De 950 € a 1.085 €

249 €

297 €

335 €

437 €

Más de 1.085 €

294 €

350 €

393 €

514 €



PENSIONISTAS

Ingresos per cápita mensuales

Precio del Viaje

294 €

350 €

393 €

514 €

De 0 € a 616 €

74 €

88 €

99 €

129 €

De 617 € a 700 €

102 €

123 €

137 €

180 €

De 701 € a 814 €

146 €

175 €

198 €

258 €

De 815 € a 949 €

220 €

263 €

295 €

385 €

Más de 949 €

294 €

350 €

393 €

514 €



5.3 Independientemente del nivel de ingresos de los beneficiarios (ya sean afiliados o pensionistas), si su unidad económica familiar supera alguno de los valores patrimoniales que se indican a continuación, deberán abonar el coste total del viaje indicado para cada tipo de destino.


  • Cuando la suma de los rendimientos del capital mobiliario supere los doscientos euros (200 €).

  • Cuando la suma de valores catastrales de las fincas urbanas o rústicas (incluido el suelo no edificado), adicionales a la vivienda habitual y a los bienes inmuebles afectos a actividades económicas pertenecientes al conjunto de miembros de la unidad económica familiar, supere cuarenta mil euros (40.000 €).

  • Cuando existan ganancias patrimoniales.


5.4 Las personas que viajen en calidad de “Acompañante” deberán abonar el precio total que se establece para cada destino, en el presente Oficio-Circular.
Cuando el acompañante pertenezca a la misma unidad económica familiar y los ingresos per cápita mensuales de ésta, sean inferiores o iguales a SEISCIENTOS DIECISÉIS euros (616 €), se contempla la posibilidad de que el acompañante abone la misma cuantía que el beneficiario.
5.5 Una vez comprobada documentalmente la condición de beneficiario del solicitante, se tramitará su solicitud y la de su acompañante, aunque no se entenderá formalizada si el viaje no ha sido abonado veintiún días naturales antes de la salida del turno.
5.6 Los Centros registrarán los ingresos resultantes de las aportaciones económicas contra la cuenta 759 "Ingresos por servicios diversos", actividad 03075 "Vacaciones sociales", especificando el turno al que pertenecen.
5.7 La previsión de gastos de los turnos de carácter centralizado se gestionará contra el presupuesto de la Dirección General.

DISPOSICIÓN FINAL
El presente Oficio-Circular entrará en vigor el día 1 de enero de 2008.

EL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE SERVICIOS

SOCIALES PARA AFILIADOS
Xavier Grau Sabaté

SRES.: DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS, DIRECTORES EJECUTIVOS, DELEGADOS TERRITORIALES, DIRECTORES ADMINISTRATIVOS Y DE CENTRO DE LA ONCE.

ANEXO I


PRECIOS POR DESTINO, CONVOCATORIA VACACIONES SOCIALES 2008



DESTINOS CONVOCATORIA 2008

PRECIO


TURISMO CULTURAL


Valencia

294 €

Madrid

294 €

Badajoz

294 €

Gijón

294 €


TURISMO EN LA PENÍNSULA


Almuñécar (Granada)

350 €

Benidorm (Alicante)

350 €

Islantilla (Huelva)

350 €

Peñíscola (Castellón)

350 €

Fuengirola (Málaga)

350 €



BALNEARIOS Y MALLORCA


Balneario de Cuntis (Pontevedra)

393 €

Balneario de Fortuna (Murcia)

393 €

Balneario de Ledesma (Salamanca)

393 €

Mallorca

393 €



TURISMO EN TENERIFE


Tenerife

514 €
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