Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien




descargar 109.26 Kb.
títuloTodo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien
página1/2
fecha de publicación03.03.2016
tamaño109.26 Kb.
tipoDocumentos
med.se-todo.com > Documentos > Documentos
  1   2


CONTRATO DE FIDUCIA MERCANTIL DE ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA

FIDEICOMISO ______________________
Entre los suscritos a saber, de una parte, XXXXX ANGULO, mayor de edad, domiciliado en Bogotá D. C., identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX de XXXXX, obrando en nombre y representación de XXXXX, en su condición de representante legal, sociedad legalmente constituida conforme a las leyes colombianas, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D. C, todo lo cual consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá que se adjunta (Anexo No. 1) al presente documento, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denominará EL FIDEICOMITENTE, y de otra, GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ GARCÍA, mayor de edad, domiciliado en Bogotá D.C., identificado con cédula de ciudadanía número 79.353.638 expedida en Bogotá D.C., quien en su calidad de Representante Legal obra en nombre y representación de ALIANZA FIDUCIARIA S.A., sociedad de servicios financieros con domicilio principal en Bogotá D.C., legalmente constituida por escritura pública número quinientos cuarenta y cinco (545) del once (11) de febrero de 1.986, otorgada en la Notaría Décima (10ª) del círculo de Cali, todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien en adelante se denominará ALIANZA y/o LA FIDUCIARIA, hemos convenido en celebrar el presente contrato de FIDUCIA MERCANTIL DE ADMINISTRACION INMOBILIARIA que se regirá por las cláusulas que a continuación se indican y en lo no previsto en ellas por la ley vigente aplicable:
PRIMERA. DEFINICIONES: Para los efectos de este contrato, las palabras o términos que a continuación se relacionan tendrán el significado que aquí se establece:
BENEFICIARIO: Es el mismo Fideicomitente, quien podrá ceder la totalidad o parte de su beneficio, de acuerdo con lo que se establece adelante.
BENEFICIARIO DE AREA: ÁLVARO PERDOMO LIZARAZO, mayor de edad, domiciliado en Bogotá D. C., identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX de XXXXX, obrando en nombre y representación de TUBOTEC S.A., en su condición de representante legal, sociedad legalmente constituida conforme a las leyes colombianas, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D. C, todo lo cual consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá que se adjunta (Anexo No. 03).
CONDICIONES DE GIRO: Son los requisitos que se establecen en la cláusula XXXX, necesarios para llevar a cabo la construcción y terminación total del PROYECTO, debidamente aprobados y certificados por el INTERVENTOR.
CONDICIONES DE TRANSFERENCIA: Son los requisitos que se establecen en la cláusula XXXX, necesarios para llevar a cabo la transferencia al BENEFICIARIO DE AREA a título de beneficio fiduciario, la unidad inmobiliaria respecto de la cual adquirió el beneficio.
PROYECTO: Desarrollo inmobiliario conformado por XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX .XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, el cual se desarrollará en un lote de XXXXX (XXXXX Mts.) ubicado en la XXXXX de la ciudad de XXXXX, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número XXXXX de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de XXXXX.
FIDEICOMISO O PATRIMONIO AUTONOMO: Conjunto de derechos y obligaciones creado a través del presente contrato, que se denominará XXXXX.
FIDUCIARIA: Es ALIANZA FIDUCIARIA S.A.
FIDEICOMITENTE: Es XXXXX Angulo.
GERENTE DEL PROYECTO: Es la sociedad XXXXX.
INTERVENTOR: Es la sociedad XXXXX.
SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO. Consiste en que:


  1. ALIANZA como vocera del FIDEICOMISO mantenga la titularidad jurídica de los bienes que se le transfieran a título de fiducia mercantil para la conformación del PATRIMONIO AUTÓNOMO, y de aquellos que en ejecución del presente contrato le sean transferidos posteriormente al mismo título, incluidas las mejoras que se realicen por parte del FIDEICOMITENTE.

  2. A través del FIDEICOMISO y sobre el inmueble que lo conforma el FIDEICOMITENTE desarrolle el PROYECTO bajo su exclusiva y única responsabilidad técnica, financiera jurídica y administrativa.

  3. ALIANZA reciba y administre los recursos que a título de fiducia mercantil aporten el FIDEICOMITENTE y el BENEFICIARIO DE AREA.

  4. ALIANZA entregue los recursos del FIDEICOMISO al FIDEICOMITENTE, una vez obtenidas las CONDICIONES DE GIRO.

  5. Una vez terminadas las obras objeto del PROYECTO por parte del FIDEICOMITENTE, previamente incorporadas las mejoras al FIDEICOMISO y cumplidas las CONDICIONES DE TRANSFERENCIA, transfiera al BENEFICIARIO DE AREA a título de beneficio fiduciario, la unidad inmobiliaria respecto de la cual adquirió el beneficio, siempre y cuando se encuentre a paz y a salvo por todo concepto derivado del presente contrato de Fiducia Mercantil.

  6. Entregue al BENEFICIARIO del FIDEICOMISO, los bienes y recursos que se encuentren formando parte del FIDEICOMISO al momento de liquidarlo, una vez se haya efectuado la transferencia de la unidad al cumplirse las CONDICIONES DE TRANSFERENCIA.


TERCERA. CONFORMACION DEL FIDEICOMISO. Para efectos de constituir el PATRIMONIO AUTONOMO, el FIDEICOMITENTE por el presente acto transfiere real y materialmente en favor de ALIANZA, a título de fiducia mercantil:


  1. El dominio y la posesión que tiene y ejerce sobre el siguiente bien inmueble:


Descripción: XXXXX
Cabida y Linderos: XXXXX
No obstante la mención de la cabida y linderos del inmueble, la presente transferencia se hace como cuerpo cierto e incluye todas las mejoras, anexidades, usos y costumbres, sin excepción alguna. La transferencia se tendrá por perfeccionada mediante el registro de la presente escritura en el respectivo folio de matrícula inmobiliaria.
2. Los estudios de factibilidad, el presupuesto de la construcción aprobado por el interventor, los estudios técnicos eléctricos, hidráulicos y de equipos especiales, los planos arquitectónicos, el estudio de suelos y recomendaciones de cimentación, los cálculos, memorias y diseños estructurales; y en general toda la documentación técnica del proyecto, todo lo cual será entregado a mas tardar XXXXXXXX.
PARAGRAFO. Al PATRIMONIO AUTÓNOMO que por este documento se constituye, ingresarán los bienes y recursos que con destino a él entregue el FIDEICOMITENTE, como también los recursos aportados por el BENEFICIARIO DE ÁREA y los rendimientos que produzcan los bienes que en su momento lo conformen.
CUARTA. TRADICION. El inmueble objeto del presente contrato fue adquirido por el FIDEICOMITENTE así:
Por XXXXX hecha a según consta en Escritura Pública No. XXXXX del XXXXX de XXXXX de XXXXX de la Notaría XXXXX del Círculo de Bogotá.
QUINTA. SANEAMIENTO POR EVICCION Y VICIOS REDHIBITORIOS. El FIDEICOMITENTE garantiza que el bien inmueble transferido a título de fiducia mercantil es de su exclusiva propiedad, lo posee quieta, regular y pacíficamente, se halla libre de embargos, anticresis, censos, demandas civiles, pleitos pendientes, condiciones resolutorias de dominio, arrendamientos por escritura pública, servidumbres y limitaciones de dominio, que no lo ha enajenado antes de la fecha de suscripción del presente contrato, y se compromete a entregar su tenencia libre de cualquier perturbación que impida la ejecución de las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del presente contrato. En todo caso se obliga al saneamiento para el caso de evicción y vicios redhibitorios en los términos de ley, obligación que se hace extensiva no sólo hacia ALIANZA, sino también frente al BENEFICIARIO DE ÁREA y a terceros a quienes ALIANZA transfiera los inmuebles resultantes del PROYECTO o sus desmembraciones, en cumplimiento del presente contrato, haciendo suyas el FIDEICOMITENTE dichas obligaciones con relación a la transferencia que de los bienes fideicomitidos se haga. Desde ahora se entiende que el FIDEICOMITENTE ha autorizado a ALIANZA para hacer constar esta estipulación en el texto del documento por el que llegue a transferir a cualquier título la propiedad de los bienes fideicomitidos.
PARAGRAFO: Teniendo en cuenta que en el bien inmueble fideicomitido el FIDEICOMITENTE va a realizar construcciones, éste se obliga a responder por ellas ante ALIANZA, el BENEFICIARIO DE AREA y ante terceros, de tal manera que ALIANZA y EL FIDEICOMISO quedan exonerados de toda responsabilidad por cualquier acto o hecho que se relacione con dichas construcciones. Desde ahora se entiende que el FIDEICOMITENTE ha autorizado a ALIANZA para hacer constar esta estipulación en el texto del documento por el que llegue a transferir a cualquier título la propiedad de los bienes fideicomitidos.
SEXTA. PAZ Y SALVO RESPECTO DEL INMUEBLE: El FIDEICOMITENTE manifiesta que el inmueble que transfiere se encuentra en el momento del otorgamiento de este instrumento público a paz y a salvo por todo concepto de servicios públicos, impuestos, tasas y contribuciones, sean ellos del orden nacional, departamental, distrital o municipal, siendo de su cargo exclusivo todos los que se hubieren causado y/o liquidado hasta la fecha de los documentos de transferencia del bien inmueble aquí referido. Serán de cargo de el FIDEICOMITENTE todos los impuestos y gastos de los aquí mencionados que se causen o liquiden con posterioridad a la fecha de firma de la presente escritura, y hasta que se produzca la transferencia de la totalidad de la unidad resultante del PROYECTO, momento a partir del cual dichos gastos serán de cargo del BENEFICIARIO DE ÁREA.
SÉPTIMA. PATRIMONIO AUTÓNOMO. Los bienes que conforman el patrimonio autónomo no forman parte de la garantía general de los acreedores de ALIANZA y solo garantizan obligaciones contraídas en cumplimiento de la finalidad perseguida con este contrato de conformidad con lo establecido en los artículos 1227 y 1233 del Código de Comercio, por lo tanto, las obligaciones adquiridas por el FIDEICOMITENTE que se contraigan en cumplimiento del objeto e instrucciones de este contrato, están amparadas exclusivamente por los activos de este FIDEICOMISO, de manera que los acreedores de dichas obligaciones no podrán perseguir los bienes vinculados a otros patrimonios autónomos bajo la administración de ALIANZA, ni los que pertenecen al patrimonio de ALIANZA; así como los acreedores de dichos patrimonios autónomos y de ALIANZA tampoco podrán perseguir los activos del presente PATRIMONIO AUTÓNOMO.
OCTAVA. DECLARACIÓN DE SOLVENCIA Y PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS: EL FIDEICOMITENTE manifiesta que en la fecha de suscripción del presente contrato se encuentra económica y financieramente solvente, y que en consecuencia con el presente acto no efectúa actos que desmejoren su patrimonio ni la garantía general de sus acreedores. Así mismo, declara que los bienes que entrega en virtud de la suscripción del presente contrato, en esta misma fecha, provienen del desarrollo de sus actividades y en todo caso de actos lícitos, todo lo cual ratifica con la suscripción del correspondiente formulario de vinculación de clientes.
NOVENA. DESARROLLO DEL PROYECTO: El PROYECTO será desarrollado mediante dos períodos uno preoperativo y uno operativo, cuyas finalidades se indican a continuación:
PERÍODO PREOPERATIVO: Tiene por finalidad obtener las CONDICIONES DE GIRO, lo cual comprende la elaboración de los estudios de factibilidad, el presupuesto de la construcción aprobado por el interventor, los estudios técnicos eléctricos, hidráulicos y de equipos especiales, los planos arquitectónicos, el estudio de suelos y recomendaciones de cimentación, los cálculos, memorias y diseños estructurales; y en general toda la documentación técnica del proyecto.
Para tener por obtenidas las CONDICIONES DE GIRO, será necesario:


  • La existencia y entrega a ALIANZA de la licencia de construcción ejecutoriada, el flujo de caja y el presupuesto de obra, junto con la documentación de que trata el numeral segundo de la cláusula tercera de este contrato.


XXXXXXXX [SE DEBERÁ INSERTAR CUALQUIER OTRA CONDICIÓN DE GIRO QUE CONSIDEREN PERTINENTE]
El término para la culminación del periodo preoperativo es de XXXXX (XXXXX) meses contados a partir de la firma del presente documento y podrá ser prorrogado por una sola vez y por el mismo tiempo por acuerdo escrito entre el FIDEICOMITENTE, el BENEFICIARIO DE ÁREA y ALIANZA, suscrito antes del vencimiento inicial. Vencido el plazo sin que se haya cumplido con los requisitos anteriores, se restituirán los recursos aportados por el BENEFICIARIO DE AREA y se procederá de la forma establecida en la cláusula vigésima tercera, relativa a la liquidación anticipada del PATRIMONIO AUTÓNOMO.
PERÍODO OPERATIVO: Se inicia a partir del día siguiente a la fecha en que se hayan obtenido las CONDICIONES DE GIRO.
A partir de la iniciación de este período, ALIANZA pondrá los recursos del FIDEICOMISO, a disposición del FIDEICOMITENTE, para la cancelación de la totalidad de los costos del PROYECTO, cuya solicitud de giro deberá constar por escrito suscrito por el GERENTE previo visto bueno del INTERVENTOR. Los recursos serán entregados al GERENTE o a los terceros que éste indique, en un plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud en ALIANZA.
Los giros referidos, se entienden realizados por ALIANZA por cuenta de EL FIDEICOMITENTE, de allí, que sea este último en su calidad de pagador, el único responsable de realizar la respectiva retención en la fuente según normas legales vigentes.
El término para la culminación del periodo operativo es de XXXXX (XXXXX) meses contados a partir de la fecha de obtención de las CONDICIONES DE GIRO.
DECIMA PRIMERA: OBLIGACIONES DEL GERENTE DEL PROYECTO. Son en general las establecidas en el Decreto 2090 de 1989, por el cual se aprueba el reglamento de honorarios para los trabajos de arquitectura, y en particular las siguientes:
11.1 OBLIGACIONES GENERALES:


  1. Llevar a cabo por su cuenta y riesgo a través del FIDEICOMISO, todas las gestiones y actividades necesarias para construir y desarrollar el PROYECTO y cumplir con sus obligaciones frente al BENEFICIARIO DE AREA.

  2. Asegurar la calidad de la construcción, el cumplimiento de las especificaciones y requerimientos técnicos, y el normal desarrollo de los períodos proyectados para el desarrollo del PROYECTO.

  3. Entregar con cinco (5) días hábiles de antelación las minutas de los documentos que legalmente ALIANZA deba firmar en desarrollo de este contrato en su condición de propietaria fiduciaria de los bienes inmuebles sobre los que se ejecuta el PROYECTO.

  4. Responder frente a ALIANZA por la recopilación y recepción de toda la información necesaria para lograr obtener la información sobre conocimiento del cliente de las personas que van a vincularse al PROYECTO, de acuerdo con la reglamentación expedida por la Superintendencia Financiera.

  5. Garantizar que la construcción del PROYECTO esté amparada por pólizas de cumplimiento, estabilidad de la obra, calidad del bien servicio, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, responsabilidad civil extracontractual y todo riesgo que cubra incendio, terremoto, actos mal intencionados a terceros (incluido terrorismo), huelga, motín, asonada, cobertura extendida, anegación y daños por agua. Dichas Pólizas tendrán como beneficiario del amparo al FIDEICOMISO.

  6. Solicitar a ALIANZA autorización escrita, en el evento que pretenda por sí o por interpuesta persona, hacer uso de avisos, o cualquier otro medio publicitario relacionado con la comercialización del PROYECTO a desarrollarse en el inmueble fideicomitido, cuando de algún modo se mencione en ellos a ALIANZA.

  7. Suministrar mensualmente a ALIANZA y al BENEFICIARIO DE AREA un reporte sobre el avance de obra, el estado del PROYECTO y/o cualquier otra información o circunstancia que afecte o modifique los términos del presente contrato.

  8. Notificar por escrito a ALIANZA las mejoras, y su valor, que se ejecuten en los inmuebles del FIDEICOMISO, mediante escrito firmado por el representante legal y revisor fiscal.

  9. Autorizar a ALIANZA la constitución de Hipoteca sobre los bienes del PATRIMONIO AUTÓNOMO para respaldar obligaciones de éste, y/o suscribir los títulos valores a que haya lugar, así como para constituir las servidumbres legalmente requeridas.

  10. Ejercer la custodia y tenencia de los bienes inmuebles del FIDEICOMISO y las inherentes a la administración de los bienes vinculados al mismo.

  11. Oponerse a toda medida preventiva o ejecutiva tomada contra los bienes del FIDEICOMISO o por obligaciones que los afecten, en el caso de que ALIANZA no lo hiciere.

  12. Velar por el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones de los contratistas y subcontratistas que intervengan en el desarrollo del PROYECTO.

  13. Llevar el control de ingresos, gastos, cuentas por pagar, proveedores, aportes por cobrar al BENEFICIARIO DE AREA y en general toda la información financiera del PROYECTO, incluida la contabilidad del mismo, por no ser esta una actividad del FIDEICOMISO.


11.2. OBLIGACIONES DEL GERENTE EN LA ETAPA PREOPERATIVA:


  1. Definir las especificaciones, diseños, y demás características del PROYECTO e informarlas al BENEFICIARIO DE AREA.

  2. Radicar ante las autoridades competentes la totalidad de los documentos que se requieran para la obtención del permiso de enajenación.

  3. Manifestar a ALIANZA por escrito y en un plazo que no puede exceder de veinte (20) días hábiles, contados desde el vencimiento de la fecha establecida como límite de duración de la etapa preoperativa, su intención de prorrogarla.


11.3. OBLIGACIONES EN LA ETAPA OPERATIVA:


  1. Elaborar bajo su exclusiva responsabilidad frente a los aspectos técnicos y jurídicos, el reglamento de propiedad horizontal o la constitución de urbanización según sea el caso, las escrituras de servidumbre, y las escrituras públicas de loteo o fraccionamiento necesarias para desarrollar el PROYECTO, que legalmente deban ser suscritas por ALIANZA en su condición de propietaria fiduciaria del predio sobre el cual éste se desarrolla.

  2. Destinar los recursos aportadas al FIDEICOMISO por el BENEFICIARIO DE AREA, exclusivamente a cubrir los costos totales del PROYECTO.

  3. Efectuar la entrega definitiva, una vez cumplidas las CONDICIONES DE TRANSFERENCIA, de la unidad inmobiliaria al BENEFICIARIO DE ÁREA, en cumplimiento de sus obligaciones para con éste, así como las obras de urbanismo, las zonas de cesión y los servicios públicos.

  4. Gestionar y obtener las acometidas e instalación de servicios públicos domiciliarios para el PROYECTO.


DECIMA SEGUNDA. INSTRUCCIONES: En desarrollo del presente contrato ALIANZA seguirá las instrucciones enunciadas en el texto de este contrato, y las que se enumeran a continuación:


  1. Suscribir la documentación y solicitudes de trámites que legalmente le correspondan en su condición de propietario fiduciario, y que se requieran para el desarrollo del PROYECTO, en los casos en que el FIDEICOMITENTE no pueda suscribirlos directamente, según lo establecido en el Decreto 564 de 2006 o la normatividad que se encuentre vigente expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la autoridad competente, y demás que las modifiquen o adicionen.

  2. Recibir y administrar los recursos aportados al fideicomiso derivados de los aportes que efectúe el BENEFICIARIO DE AREA y el FIDEICOMITENTE.

  3. Llevar la contabilidad del FIDEICOMISO, registrando en ella los bienes, los pasivos, los egresos e ingresos, incluyendo las mejoras incorporadas a los bienes inmuebles, y los aportes del BENEFICIARIO DE ÁREA y del FIDEICOMITENTE.

  4. Una vez cumplidas las CONDICIONES DE TRANSFERENCIA, otorgar la escritura mediante la cual se transfiera a título de beneficio fiduciario a favor del BENEFICARIO DE AREA, la unidad inmobiliaria del PROYECTO, previa confirmación del cumplimiento de los requisitos contenidos en el contrato de vinculación que se suscriba.

  5. Recibir los aportes del BENEFICIARIOS DE AREA y del FIDEICOMITENTE, de acuerdo a los planes de aportes que constan en la cláusula XXX del presente contrato. Para que la fiduciaria aplique al BENEFICIARIO DE ÁREA incumplido el procedimiento definido en el encargo fiduciario que ha firmado, se requerirá la solicitud por escrito de EL FIDEICOMITENTE. No obstante lo anterior, ALIANZA se reserva el derecho a aplicar al BENEFICIARIO DE ÁREA incumplido el procedimiento en mención, sin la autorización de EL FIDEICOMITENTE, cuando lo estime conveniente.


DECIMA TERCERA. PLANES DE APORTES DEL BENEFICIARIO DE ÁREA Y DEL FIDEICOMITENTE.
XXXXXXXXX [INSERTAR AQUÍ TODOS LOS ANTICIPOS Y APORTES QUE HARÁN LAS PARTES PARA LA ETAPA PREOPERATIVA Y OPERATIVA DEL PROYECTO EXPLICANDO DESTINACIÓN DE CADA UNO DE ELLOS Y TRATAMIENTO QUE SE DEBE DAR A RENDIMIENTOS]
DÉCIMA CUARTA. CONDICIONES DE TRANSFERENCIA DE LA UNIDAD INMOBILIARIA OBJETO DEL PROYECTO.
XXXXXXXXXX [INSERTAR AQUÍ TODAS LAS CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA QUE SE TRANSFIERA EL BIEN A TUBOTEC INCLUIDA LA OPCIÓN DE COMPRA Y EL MANEJO DE CÁNONES]
DÉCIMA QUINTA. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA: ALIANZA tiene las siguientes obligaciones:


  1. Realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del contrato.

  2. Ejercer las acciones o proponer las excepciones legales, inherentes a su calidad de propietario fiduciario, respecto de los bienes del PATRIMONIO AUTÓNOMO, en cuanto sea informada por el FIDEICOMITENTE de los hechos que originen la exigencia de tal ejercicio. Queda entendido que el ejercicio de dichas acciones o excepciones esta supeditado a la información que sobre los hechos que los haga necesarios le proporcione el FIDEICOMITENTE, quien es por lo tanto responsables de los perjuicios que se causen con la omisión en proporcionar la información.

  3. Presentar la rendición de cuentas del FIDEICOMISO cada seis (6) meses, contados a partir de la fecha de firma del presente contrato, la cual podrá ser presentada vía correo electrónico, para lo cual el FIDEICOMITENTE registrará y mantendrá actualizada su dirección electrónica en ALIANZA.

  4. Pedir instrucciones al FIDEICOMITENTE cuando en la ejecución del contrato se presentaren hechos sobrevinientes e imprevistos, que impidan el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Cuando la FIDUCIARIA haga uso de esta facultad quedarán en suspenso todas las obligaciones relacionadas con el asunto consultado hasta la fecha en la cual se produzca la respuesta por parte del FIDEICOMITENTE, sin que pueda imputársele por este hecho responsabilidad alguna a la FIDUCIARIA

  5. Pedir instrucciones a la Superintendencia Financiera cuando se tengan fundadas dudas sobre la naturaleza y alcance de sus facultades y obligaciones o cuando deba apartarse de las autorizaciones contenidas en este contrato, o cuando las circunstancias así lo exijan. En el evento en que la FIDUCIARIA haga uso de esta facultad, quedarán en suspenso sus obligaciones relacionadas con el asunto consultado hasta la fecha en la cual se obtenga la correspondiente respuesta, sin que por ello pueda imputársele responsabilidad alguna a la FIDUCIARIA.

  6. Informar al FIDEICOMITENTE las circunstancias que surjan al momento de la ejecución del contrato y que sean conocidas por ella, que puedan incidir de manera desfavorable en el desarrollo del objeto del presente contrato de fiducia mercantil, con independencia de la ejecución del PROYECTO.

  7. Invertir las sumas de dinero del FIDEICOMISO en los Fondos Comunes administrados por la FIDUCIARIA, cuyos reglamentos han sido entregados por la FIDUCIARIA, y el FIDEICOMITENTE y el BENEFICIARIO DE AREA declaran conocerlos y aceptarlos.

  8. Mantener los bienes del PATRIMONIO AUTÓNOMO separados de los suyos y de los que correspondan a otros negocios fiduciarios.

  9. Llevar una contabilidad separada de este negocio, de conformidad con las disposiciones legales que regulan la materia.

  10. Las demás que se consignen en el presente contrato o en la ley.


DECIMA SEXTA. DERECHOS DE ALIANZA: Además de los ya relacionados en el texto del contrato, y en la ley:


  1. Cobrar la comisión fiduciaria establecida a su favor.

  2. Descontar automáticamente de los recursos fideicomitidos, todos los costos, gastos y pagos, necesarios para el cumplimiento del objeto del presente contrato y los que se generen por su constitución, ejecución, desarrollo y disolución o liquidación, sean ellos de origen contractual o legal, al igual que su remuneración.

  3. Solicitar modificaciones, aclaraciones o adiciones a los textos del reglamento de propiedad horizontal y en general a las minutas y documentos legales que le sean enviados para su firma.

  4. Oponerse cuando así lo considere, a la solicitud de suscripción y de realización de peticiones legales ante las autoridades competentes cuando la ley permita su trámite por parte del FIDEICOMITENTE.


DECIMA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE: Además de las generales establecidas en otras cláusulas del presente contrato y aquellas derivadas de su objeto, son obligaciones las siguientes:


  1. Salir al saneamiento por evicción del inmueble fideicomitido, de vicios redhibitorios frente a las construcciones realizadas en desarrollo del PROYECTO, y asumir las obligaciones de constructor frente al BENEFICIARIO DE AREA, a ALIANZA y a terceros.

  2. Entregar previamente a ALIANZA, los documentos necesarios para que se realice un estudio de títulos sobre los inmuebles que deban incrementar el FIDEICOMISO;

  3. Asumir el pago de los honorarios del abogado que realice el estudio de títulos de los inmuebles que deban incrementar el FIDEICOMISO.

  4. Mantener indemne a la FIDUCIARIA frente a las reclamaciones judiciales, administrativas y de cualquier otra naturaleza que sean presentadas en contra de la FIDUCIARIA directamente o como vocera del PATRIMONIO AUTÓNOMO, derivadas de la promoción, comercialización, construcción, gerencia, ventas y demás aspectos del PROYECTO, incluido el otorgamiento de la licencia de construcción. Igualmente el FIDEICOMITENTE se obliga a asumir todos los costos y gastos que se generen para atender las reclamaciones presentadas en contra de la FIDUCIARIA, y a sustituir a la FIDUCIARIA o al FIDEICOMISO económica y procesalmente en todos los aspectos relacionados con el asunto.

  5. Suministrar oportunamente a ALIANZA las sumas de dinero que ésta le solicite por escrito y en lo posible con un término de antelación no menor de cinco (5) días hábiles, para pagar la totalidad de las obligaciones que contraiga el PATRIMONIO AUTÓNOMO, para sufragar todos los costos en los cuales se incurran y en general para el cumplimiento de sus gestiones. El no suministro oportuno del dinero liberará a ALIANZA de cualquier responsabilidad que por esta razón pueda causarse al PROYECTO, al BENEFICIARIO DE AREA y a terceros.

  6. Otorgar un pagaré con espacios en blanco para que ALIANZA lo llene según las instrucciones que el otorgante dará y en las cuales se preverá que el valor del pagaré será por concepto de comisiones fiduciarias, costos y gastos a favor de ALIANZA.

  7. Pagar la remuneración de ALIANZA prevista en este contrato.

  8. Prestar su colaboración a ALIANZA para la realización del fin establecido en este contrato.

  9. Pagar por su cuenta la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones, que se causen por la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato.

  10. En el evento de tomar un crédito hipotecario, pagar las pólizas que sean exigidas por los bancos como requisito del crédito hipotecario.

  11. Informar por escrito a ALIANZA dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, cada vez que se modifiquen o cambien los datos correspondientes a dirección, domicilio, teléfono, fax, ocupación, profesión, oficio, razón social, representación legal, lugar de trabajo o residencia y en fin cualquier circunstancia que varíe de las que reporten a la firma del presente contrato, con base en lo dispuesto por las circulares emitidas por la Superintendencia Financiera, sin perjuicio de la obligación de suministrar los documentos que deban ser entregados en virtud de actos y disposiciones legales o administrativas, relacionados con la obligación a que se hace referencia. Igualmente, se obliga a enviar fotocopia del certificado de ingresos y retenciones, declaración de renta, constancia de honorarios o balance del último año según el caso, por cada año de vigencia del presente contrato, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquel en que dichos documentos sean expedidos o presentados.

  12. Las demás establecidas en este contrato y cualquier otra que se desprenda de la naturaleza de su gestión, de acuerdo con las normas legales vigentes.
  1   2

similar:

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconInstrucción recibida en seis años básicos idealmente y por lo cual se obtuvo certificado

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconApoderado(A) legal que asume la representación de la empresa como

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconQ ué es Mejor para Ti, los Huevos Enteros o las Claras de Huevo?por...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconInvestiga y comparte la información por este medio sobre los diversos...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconReaccion quimica: Es todo proceso termodinamico en el cual uno o...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconReacción química es todo proceso químico en el cual dos o más sustancias...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconEl suceso en el cual se fundamenta este relato imaginario ha sido...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien iconUna reacción química es todo proceso químico en el cual uno o más...

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien icon"Todo le llega a quien se afana, mientras espera"

Todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera que se adjunta (Anexo No. 02), quien icon"¿Para quién será el ay? ¿Para quién será el dolor? ¿Para quién las...


Medicina



Todos los derechos reservados. Copyright © 2015
contactos
med.se-todo.com