descargar 187 Kb.
|
CONOZCAMOS EL PARQUELa recuperación del “agret” Anna M. Ibars Universidad de València El “agret” (en castellano, helecho acuático), conocido científicamente con el nombre de Marsilea quadrifolia, significó en el pasado una malahierba importante en el cultivo del arroz. Sin embargo, la lucha contra esta planta la puso en peligro de extinción en el Delta, hasta el punto de no quedar ningún ejemplar. Con el fin de recuperar la situación de la especie, el Parque Natural se puso en contacto con la Facultad de Farmacia de la Universidad de Valencia, donde trabaja un equipo de especialistas en el campo. El “agret” es en realidad un helecho y, por lo tanto, se reproduce por esporas. La tarea consistió, entonces, en extraer de la tierra de unos antiguos arrozales, donde anteriormente había habido agret, los esporocarpos, es decir los receptáculos que contienen las esporas. Después, se hicieron germinar estas esporas, de las que se obtuvieron pequeñas plantas de agret, en un proceso muy complejo y difícil. Las nuevas plantas obtenidas fueron reintroducidas en diferentes zonas del Parque, a fin de asegurar su población. El hecho de que se logre la reintroducción del agret en zonas naturales no quiere decir que vuelva a ser a una mala hierba, ya que las nuevas técnicas del cultivo del arroz imposibilitan su desarrollo en los arrozales. No obstante, su conservación es importante para mantener la biodiversidad del Delta y el proceso de reintroducción está dando resultados muy satisfactorios y esperanzadores. Novedades botánicas Rafel Balada Parque Natural del delta de l’Ebre En el Buttletí del Parque Natural núm. 10 aparecerán ochenticuatro nuevas especies para el delta del Ebro. Desde que se van remitieron aquellas observaciones, por parte de Lluís Torres y otros botánicos, se ha encontrado el Limonium vigoi, comentado en el último Informatiu del Parque, y veintitrés que se presentan a continuación. Todas estas especies han sido encontradas por J.J. Iriarte y R.Balada, excepto una especie de amapola Papaver argemone, que ya había encontrado R.M. Masalles y que aparece en el volumen 7 del ORCA (1997) con el núm. 1224 y Liparis loeselii, una orquídea propia de los marismas, desconocida en la península Ibérica y que H.Baumann y S. Künkele citaron para el delta del Ebro su trabajo Die wildwaschsender orchideen Europas (Stuttgart 1982) y que no hemos encontrado, pero creemos que se debe dejar constancia de la indicación. Arenaria serpyllifolia L leptoclados Arum italicum Mill italicum Cerastium glomeratum Thuill. Cynoglossum cheiriflolium L. Chenopodium urbicum L. Emex spinosa (L) Campd. Eruca vesicaria (L) Cav. Euphorbia exigua L Fumana ericoides (Cav.) Candg. Fumana laevipes (L) Spach. Fumaria officinalis L officinalis Galium verrucosum Huds. Hippocrepis comosa L Liparis loeselii (L) L.C.M. Richard Papaver argemone L Papaver pinnatifidum Moris Platycapnos spicata (L) Bernh. Polygonum baldschuanicum Regel Salvinia natans (L) All. Santolina chamaecyparissus L Thymus vulgaris L Urtica membranacea Poiret Utricularia australis R.Br. Los árboles monumentales del delta del Ebro Rafel Balada Si los vegetales son la base de la vida, los árboles forman el vértice de estos seres vivos y los humanos hemos sentido siempre una veneración hacia ellos que supera las barreras de las diferentes culturas, del tiempo y del espacio. Nuestro delta actual es relativamente reciente y, por otro lado, en él no se dan las especies de crecimiento lento que originan los tejos milenarios y otros ejemplares impresionantes que podemos admirar por las cordilleras cercanas. En el Delta, en cambio, se encuentran especies de crecimiento rápido que pueden alcanzar medidas considerables con muchos menos años. Pero, también se debe decir que estos rápidos y espectaculares crecimientos no suelen tener duraciones considerables. Entre los grandes árboles deltaicos destacan los eucaliptos, árboles provenientes de Australia, que fueron introducidos en Europa a finales del siglo XVIII y especialmente durante el XIX, que, a pesar de tener perímetros de casi cinco metros, no están declarados oficialmente monumentales. Los árboles declarados monumentales en el delta del Ebro son tres: l’om de Burjasènia, l’àlber de la Descàrrega y el baladre de Balada. L'om (el olmo) de Burjasènia Declarado monumental por Orden del Departament d’Agricultura, Ramaderia i Pesca de 8 de febrero de 1990 (DOGC 1262 de 02/03/90), está situado en la masía de Burjasènia, en el término municipal de l'Aldea, en el Baix Ebre, al lado de la carretera nacional N-340, entre esta población y Amposta. Su perímetro es de 4,54 m. (1985) y 16 de altura. Ramon Clopés (Arbres monumentals i singulars de las comarques de Tarragona, 1985) le calcula unos doscientos años y hacer constar que ya se cita en escrituras de 1866. Como casi todos los olmos, está enfermo de grafiosis y por desgracia acabará sucumbiendo como lo hacen los viejos y grandiosos olmos de Penyagolosa, del Llosar... Recuerdo las atenciones del alcalde de Cedrillas, en Terol, hacia el olmo del pueblo, de casi 500 años y 6 m. de perímetro o el de la ermita de la Hortisella, en Benafigos, de casi 9 m. de perímetro, que quizá haya sido plantado cuando se hizo la iglesia en 1509. L'àlber (el álamo) de la Descàrrega Declarado árbol monumental por Orden del DARP, de 8 de febrero de 1990 (DOGC 1262 de 02/3/1990) está situado al lado del río Ebro, al costado de la descarga del canal de la derecha hacia el río. Esta situación privilegiada explica sus dimensiones de más de 25 m. de altura y 5,15 m. de perímetro en 1994 (en 1980, tenía 4,74 m.; y en 1986, 4,90 m.) A mediados de la década de los 80, unos trabajos para evitar las erosiones de las riadas cortaron la exuberante alameda de la Descàrrega y cuando los vecinos vieron que estaban cortando las ramas bajas de este álamo -aún se notan las heridas- se movilizaron. Mientras unos discutían con los técnicos que dirigían la poda, la gente iba acudiendo. Finalmente, aparecieron unos maestros con una nube de escolares e, inmediatamente, se esfumaron corriendo las brigadas arboricidas. Los álamos como los chopos y los sauces no suelen vivir muchos años. En general, suelen pasar poco de los cien años, pero mientras éste viva no sólo será un árbol monumental, sino un símbolo de la estimación de la gente por su tierra y de lo que en ella vive. El baladre de Balada Su declaración como a árbol monumental por Orden del DARP, de 8 de febrero de 1990 (DOGC 1262 de 02/3/1990) resulta curiosa si tenemos presente que los baladres son arbustos y aún más si se observan sus flores blancas que denotan un ejemplar de jardinería, ya que los ejemplares espontáneos de las ramblas y orillas del Ebro son de flores rosadas. A pesar de las consideraciones anteriores, el ejemplar de baladre, situado en la pequeña población de Balada, fue declarado monumental porque tiene unas medidas increíbles para su especie: 8 m. de altura y 1 m. de perímetro. La señora Pepeta Porres Zaragoza (1907-1994) se llevó una rama de baladre de la carretera de Baladres, la plantó el año 1923 y la cuidó hasta obtener los resultados que hoy todos podemos admirar. Su hijo, consciente del interés público de este ejemplar, lo donó al Parque Natural del delta de l'Ebre y al Ayuntamiento de Sant Jaume d’Enveja, que ha habilitado un espacio público y acondicionado el entorno de la adelfa . En esta obra colaboraron la escola taller Baladre, que adoptó el nombre en honor al ejemplar. Si queréis conocer más sobre los árboles monumentales de Cataluña, podéis consultar la página web del DARP: http://www.gencat.es/darp. La normativa de la pesca continental en Cataluña y en el delta del Ebro Jacqueline Donoyan Parque Natural del delta de l’Ebre La pesca continental es una de las principales actividades deportivas y de ocio de Cataluña y en el Delta es una actividad profesional tradicional. El Consell de Pesca es el encargado de proponer las normas que regirán durante cada temporada, siendo aprobadas mediante una Orden anual del Departament d’Agricultura, Ramaderia i Pesca. Así, para la temporada 1999, la Orden de 2 de marzo (publicada en el DOGC núm. 2845 - 11.3.1999) especifica las especies pescables, las zonas de pesca controlada y los refugios, introduciendo algunas modificaciones que afectan a toda Cataluña y al delta del Ebro, al ser una zona de pesca continental intensiva. Las especies que pueden ser objeto de pesca están especificadas en el anexo 1 de la Orden, donde se indica también las dimensiones mínimas que deben tener en cada caso. La longitud de los peces se cuenta desde el extremo de la boca hasta el punto medio de la aleta caudal. Los ejemplares de medida inferior a la considerada deben ser devueltos inmediatamente al agua. Además, las especies autóctonas no incluidas en este anexo no pueden ser pescadas, estableciéndose una lista de especies protegidas, cuya captura, tenencia, tráfico y venta están prohibidas. En esta lista figuran el esturión, el fartet, el samarugo, el espinoso, el coto común, el blenio de río y el cangrejo de río autóctono, y la prohibición se extiende a otras especies como la madrilleta roja y el barbo culirrojo. En cuanto a las artes de pesca, algunos lugares de las comarcas de Tarragona pueden beneficiarse de autorizaciones especiales ya que la pesca continental es una actividad tradicional fuertemente arraigada. Así, en el río Ebro y en las lagunas interiores del delta del Ebro, río abajo del puente colgante de Amposta se puede autorizar el uso de red con malla y luz de 35 mm de lado para capturar únicamente carpas, lubina, pleuronectiformes, lisa, galupe y capitán. El “rall” sólo puede ser utilizado para la carpa y las diferentes especies de lisa. Las redes pueden utilizarse desde el primero de octubre hasta el 28 de febrero; mientras que los “ralls”, todo el año, excepto en el período de puestas de la carpa, durante los meses de marzo, abril y mayo. Las zonas de pesca controlada también quedan establecidas y hace falta una licencia y un permiso de pesca. El delta del Ebro es la única zona donde hay zonas de pesca controlada profesional, cuyo aprovechamiento es realizado por las cofradías de pescadores. Con el fin de proteger y fomentar la fauna ictiológica, cada temporada también se establecen refugios, donde se prohíben la pesca y las repoblaciones. En el delta del Ebro estos refugios se ubican en los ullals de Baltasar y en la zona de propiedad pública de la isla de Buda, la Gola Nord y en el tramo del río Migjorn comprendido entre los 400 m río arriba y los 400 m río abajo de la bocana de la pesquera de Enriquet. En el delta del Ebro, la pesca de la angula está regulada por la Orden de 27 de octubre de 1992 y se debe poseer una licencia de pesca y un permiso especial. Algunas especies de peces pescados como el siluro, luci-perca, perca americana, pez sol, pez gato, escardinio y alburno, no pueden mantenerse vivos ni transportarse, por lo que deberán sacrificarse inmediatamente en el mismo lugar de la captura o en tierra, en el caso que el pescador estuviera pescando desde una barca. Esta obligación se exceptúa de los concursos de pesca, donde los animales deberán sacrificarse una vez finalizado el evento. La comercialización y tenencia en vivo de cualquier especie de cangrejo de río están prohibidas. El cangrejo de río ibérico es una especie autóctona protegida desde 1994. Por lo tanto, la captura, tenencia, tráfico y venta están prohibidos, así como recoger sus huevos o crías. En cuanto al cangrejo de río rojo o americano, esta especie es considerada invasora, por lo que se puede pescar sin limitación y los ejemplares pescados deberán ser sacrificados inmediatamente. En el delta del Ebro, su captura queda prohibida los meses de noviembre y diciembre, debido a los tratamientos que se llevan a cabo para controlar sus poblaciones. El DARP y la Federació Catalana de Pesca esportiva y Casting han publicado un opúsculo en catalán, castellano, francés e inglés, con información general sobre la normativa, especies protegidas y permitidas, con dibujos y mapas, con el objetivo de divulgar entre el público las disposiciones legales sobre la pesca continental en Cataluña. Especies pescables y longitudes mínimas
|