
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE CORDOBA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA INMACULADA
RESOLUCIÓN N° 000142 de Junio 27 de 2007
Por la Secretaria de Educación Departamental
DANE N° 123807000581
Tierralta, Córdoba
Tel. 768 77 54
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P.E.I
HORIZONTE INSTITUCIONAL
MISIÓN:
Formar gestores e investigadores en la solución de problemas ambientales mediados por una formación en valores.
VISIÓN:
Al año 2012 la I.E La Inmaculada liderará la educación ambiental desde la investigación, las competencias colectivas y los valores cristianos para la transformación sostenible del Alto Sinú.
OBJETIVOS INSTITUCIONALES:
Fomentar y estimular la creatividad en los estudiantes a través de la investigación ordenada y espontanea para que contribuya con propiedad en la búsqueda de alternativas o soluciones que satisfagan las necesidades y problemas que afecten a la comunidad.
Proporcionar los elementos didácticos y pedagógicos necesarios que faciliten al máximo el desarrollo de las potencialidades, capacidades y habilidades del estudiante y pueda contribuir con sus esfuerzos y dedicación al progreso local y regional.
Diseñar estrategias tendientes a orientar las actividades curriculares de los estudiantes basados en el contexto ambiental, socio-cultural en donde se halla inmerso para que se ubique en el tiempo y en el espacio.
Establecer en el plan de estudio de la institución mecanismos y estrategias metodológicas que faciliten el aprendizaje y la interiorización de valores en los estudiantes de acuerdo a los lineamientos curriculares del MEN.
Garantizar el funcionamiento efectivo de todos los estamentos facilitando la tarea del docente, el comportamiento de los estudiantes y la participación de los padres de familia.
Efectuar un control y seguimiento de las actividades acordadas y realizar una evaluación institucional periódica, para detectar fortalezas, debilidades y acciones a seguir para el mejoramiento institucional.
Promover el desarrollo integral del educando con las acciones estructuradas que estimulen la maduración de su personalidad, su capacidad de reflexión crítica y analítica, reconociéndolo como sujeto pensante.
Promover en los estudiantes hábitos de aseo, higiene, presentación personal, buen comportamiento y cuidado de su entorno ambiental dentro y fuera de la institución.
Estimular en los estudiantes el desarrollo de su proyecto de vida, que le permita continuar su formación académica y/o vincularse al trabajo productivo.
Promover el desarrollo armónico entre todos los miembros de la comunidad de la I.E. La Inmaculada, facilitando de esta forma la comunicación y la convivencia de sus integrantes.
Fomentar el desarrollo del libre pensamiento para la participación en las actividades democráticas, culturales, religiosas, sociales y ambientales de la institución.
METAS
Formar estudiantes capaces de formular alternativas de soluciones a las necesidades y problemas que afecten a la comunidad.
Crear una cultura ambiental en la Institución Educativa La Inmaculada para que sea referente para otras Instituciones Educativas.
Aprovechar todos los espacios institucionales y comunitarios para el desarrollo de proyectos relacionados con la educación ambiental.
Informar oportunamente a la comunidad educativa sobre los avances académicos de la institución.
Adoptar y aplicar un modelo de evaluación eficaz en concordancia con el MEN, que permita identificar el ritmo de desarrollo y los avances de los estudiantes.
Actualizar el manual de convivencia, publicarlo y socializarlo con los miembros de la comunidad educativa.
Cumplir el plan de actividades elaborado por la institución y participar activamente en la evaluación institucional.
Implementar un cronograma donde se incluyan actividades que promuevan el desarrollo integral de los educandos.
Estimular en los estudiantes de la media académica la definición de su proyecto de vida.
Estimular la participación activa de todos los estamentos de la institución en las actividades programadas para mejorar la convivencia y/o relaciones interpersonales.
ESTRATEGIAS PARA LOGRAR LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES Y SUS METAS.
Promover espacios de convivencia y comunicación armónica entre los miembros de la comunidad.
Planear y evaluar los programas, proyectos y actividades institucionales.
Elaborar simulacros en donde los estudiantes pongan en práctica el manejo de las pruebas ICFES y SABER.
Proyectar los estudiantes de la institución hacia la comunidad a través de proyectos ambientales, buscando sensibilizar a las personas en el tema ambiental y procesos sostenibles de producción.
Capacitar permanentemente a los docentes en el uso de medios tecnológicos y metodologías de enseñanza para mejorar la calidad académica.
Organizar eventos deportivos, culturales, científicos y religiosos en donde se integren todos los entes educativos.
Informar a los padres de familia o acudientes a tiempo acerca del proceso de formación académica y personal de los estudiantes.
Utilizar eficazmente todos los espacios institucionales y comunitarios para el desarrollo de los procesos y proyectos de carácter ambiental.
Abrir espacios de intercambios de experiencias pedagógicas y tecnológicas con relación a las diferentes áreas del conocimiento.
ELEMENTOS PARA LA FORMULACION DEL HORIZONTE INSTITUCIONAL.
La Institución Educativa la Inmaculada, tuvo en cuenta para la formulación del Horizonte Institucional las necesidades y expectativas de la comunidad educativa, mediante conversatorios y encuestas para conocer el querer de los padres de familia, estudiantes y docentes de la misma. Igualmente, la Institución nunca ha estado a la zaga en los cambios de legislación, enfoques pedagógicos y adelantos en las TICS.
PRINCIPIOS Y VALORES DE LA INSTITUCIÓN.
La participación de la comunidad educativa será democrática, pluralista y activa fundada en el respeto de la dignidad y el trabajo.
La Institución reconoce sin discriminación alguna la primacía de los derechos inalienables de las personas y garantiza la aplicación de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y el Manual De Convivencia, para facilitar la toma de decisiones que beneficien la vida de la comunidad educativa. Así mismo se busca formar teniendo como base el aprecio, la autoestima y la relación con los demás.
Todos los miembros de la comunidad educativa, deben sentir, amar y defender la Institución, realizando las actividades con fe y estar dispuestos al trabajo y a la investigación.
La formación en valores del estudiante, la toma de conciencia, la práctica de las normas que se relacionan con el respeto de los derechos humanos, especialmente, de los niños y las niñas, el desarrollo de la autonomía y los derechos y deberes consagrados en la Constitución Política de Colombia, permiten la convivencia social, estimula y favorece el mejoramiento y desarrollo de una persona útil para la familia y para la sociedad donde se encuentra.
FORMACION DE UN VERDADERO CIUDADANO.
Formar un nuevo ciudadano capaz de interpretar, desarrollar y practicar la normatividad vigente, a nivel familiar y social, que interprete una nueva familia, una nueva sociedad y un nuevo país, donde la tolerancia, el respeto por las diferencias, la justicia, el amor, el servicio y la democracia sean los principales fundamentos de su práctica cotidiana.
Formar teniendo como base, la autoestima y el aprecio por uno mismo como persona y como ser humano en relación con los demás y con todo lo que lo rodea.
EDUCACION COMO PROYECTO DE VIDA.
La educación debe permitir al educando la construcción de su proyecto de vida, trazarse metas y luchar para alcanzarlas y conseguir su realización personal y social.
FORMACION AMBIENTAL Y LUDICA.
Fomentar la adquisición de una conciencia ambiental que permita la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente; así mismo la práctica de actividades recreativas, sanas para un mejor aprovechamiento del tiempo libre, al igual que las demás actividades culturales propias del contexto regional.
APROPIACIÓN DEL HORIZONTE INSTITUCIONAL.
Acciones para divulgar y compartir el Horizonte Institucional con los estamentos de la comunidad educativa.
Planes y actividades para lograr la apropiación de los valores y principios institucionales.
Acciones para crear una cultura institucional.
Seguimiento, Evaluación y Mejoramiento del Horizonte Institucional.
Mecanismos para medir el grado de conocimiento y apropiación del Horizonte Institucional la comunidad educativa.
Acciones para hacer el seguimiento a la ejecución del Horizonte Institucional.
Estrategias para recolectar la información del seguimiento al Horizonte Institucional.
Indicadores para hacer el seguimiento.
Acciones correctivas, preventivas y de mejoramiento del Horizonte Institucional.
Acciones para evaluar, mejorar e innovar los procesos de formulación, difusión, apropiación y seguimiento del Horizonte Institucional.
COHERENCIA ENTRE LA ESTRUCTURA Y EL HORIZONTE INSTITUCIONAL.
Organigrama y relaciones entre las áreas pedagógicas, administrativas y de dirección.
( NOTA: lo que se resaltó en rojo está en proceso de actualización.)
GOBIERNO ESCOLAR Y CONVIVENCIA.
GOBIERNO ESCOLAR.
La ley 115 de febrero 8 de 1994, titulo VII, Cap. 2 establece:
Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación, democrática en la vida escolar.
Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán, presentar sugerencias para la toma de decisiones de carácter financiero, y técnico pedagógico. Tanto en las instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas.
El Gobierno Escolar está conformado por los siguientes estamentos:
ARTICULO 142º. Conformación del gobierno escolar.
Cada establecimiento educativo del estado tendrá un gobierno escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
Las instituciones educativas privadas establecerán en su reglamento, un gobierno escolar para la participación de la comunidad educativa a la que hace referencia el artículo 68 de la Constitución Política. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.
Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán presentar sugerencias para la forma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico-pedagógico.
Tanto en las instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas.
ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR, INTEGRANTES Y OBLIGACIONES DE CADA UNO DE ELLOS.
ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
RECTOR.
CONCEJO DIRECTIVO.
CONCEJO ACADEMICO.
RECTOR: Es la persona encargado de administrar el buen funcionamiento de una entidad educativa acorde a lo establecido por la ley. Convoca y preside de las reuniones del gobierno escolar.
Rector actual: Lic. Luís Alberto Mass Ramos.
CONSEJO DIRECTIVO:
El artículo 21 del Decreto 1860 de 1994, establece que el Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado entre otros por dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes, y un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución. Cuyos miembros serán elegidos democráticamente.
El Rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá.
Dos representantes de los docentes de la institución
Dos representantes de los padres de familia.
Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución.
Un representante de los egresados de la institución y
Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.
MECANISMOS DE FUNCIONAMIENTO E INTERRELACIÓN DE LOS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.
FUNCIONES:
(DEC. 1860, cap. IV. Art. 23).
Le corresponde al Consejo Directivo de la Institución educativa LA INMACULADA:
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto que sean competencia de otra autoridad.
Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el presente Manual de Convivencia.
Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaria de Educación Distrital, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
Establecer estímulos y sanciones para los buenos desempeños académicos y sociales del estudiante estipulados en el manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del mismo.
Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales; deportivas y recreativas.
Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa, en días no laborables.
Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
Fomentar la conformación de Asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
Reglamentar los procesos electorales previstos en el decreto 1860.
Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.
Darse su propio reglamento.
Reuniones: Se reunirán una vez al mes y cada vez que el rector lo crea necesario, quedando constancias mediante levantamiento de las respectivas actas.
CONCEJO ACADEMICO:
El concejo académico, convocado y presidido por el rector o Director, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución.
(Art. 145 Ley 115 de 1994)
FUNCIONES:
Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la Propuesta del P.E.I.
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto.
Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
Participar en la evaluación institucional anual.
Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el P.E.I. (decreto 1860 de 1994, artículo 24.)
Reuniones. Se reunirán una vez al mes y cada vez que el rector lo crea necesario, quedando constancias mediante levantamiento de las respectivas actas.
|