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1.1 Plan de normalización lingüística1. El Plan de normalización lingüística incluirá los siguientes apartados: a) Objetivos. b) Actuaciones en cada uno de los ámbitos de intervención: en el administrativo y social, en el académico o de gestión pedagógica, interacción didáctica e interrelación con el entorno sociofamiliar. c) La temporalización. d) Criterios de evaluación del plan. 2. El Plan de normalización lingüística será propuesto al equipo directivo por la Comisión de coordinación pedagógica. 3. Para la elaboración y seguimiento del Plan de normalización lingüística, los centros podrán disponer de las orientaciones y el soporte técnico de los asesores de ámbito lingüístico de la dirección general competente en dicha materia. 1.2 Plan de convivencia1. Serán de aplicación el artículo 27 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios (DOCV 09.04.2008), la Orden de 31 de marzo de 2006, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula el Plan de convivencia de los centros docentes (DOGV 10.05.2006), y la Orden de 12 de septiembre de 2007, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la notificación de las incidencias que alteren la convivencia escolar, enmarcada dentro del Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia en los centros escolares de la Comunitat Valenciana (PREVI) (DOCV 28.09.2007). 2. El equipo directivo elaborará el Plan de convivencia del centro, de acuerdo con las directrices establecidas por el consejo escolar y con las propuestas realizadas por el claustro y la asociación de padres y madres y el asesoramiento, en su caso, del profesor o profesora de orientación educativa del centro. El Plan de convivencia deberá ser coherente con el resto de documentos de planificación del centro, servirá como modelo de actuación planificada y deberá contemplar al menos los siguientes aspectos: a) Procedimiento de actuación orientado a la prevención y a conseguir un adecuado clima escolar en el centro. b) Modelo de actuación respecto al alumnado que presenta alteraciones conductuales que dificultan levemente la convivencia escolar. c) Modelo de actuación respecto al alumnado que presenta alteraciones conductuales que dificultan gravemente la convivencia escolar. d) Modelo de actuación ante situaciones de posible acoso escolar o bullying. 3. El Plan de convivencia será aprobado y evaluado por el consejo escolar. Su desarrollo es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa en el ámbito de sus competencias y se llevará a cabo bajo la coordinación de la jefatura de estudios. La comisión de convivencia del consejo escolar realizará el seguimiento del Plan de convivencia y elaborará trimestralmente un informe que recoja las incidencias producidas en dicho periodo, las actuaciones llevadas a cabo, los resultados conseguidos y las propuestas de mejora que estime pertinentes. 4. La dirección del centro docente comunicará a la dirección general competente en materia de calidad educativa, por la vía de urgencia, los incidentes que supongan violencia ejercida sobre personas y/o bienes, y que, por su naturaleza y/o consecuencias perjudiquen la convivencia en el centro, producida tanto en el centro como en su entorno, así como durante el desarrollo de actividades extraescolares programadas por el centro o la utilización de los servicios de comedor y transporte. 1.3 Plan de acción tutorial1. El Plan de acción tutorial será elaborado por el departamento de orientación, de acuerdo con las directrices establecidas por la Comisión de coordinación pedagógica y en colaboración con los tutores y tutoras, y en él se establecerán los criterios generales que deberán orientar la labor de todo el profesorado tutor a lo largo del curso escolar, así como de cada profesora o profesor en el contexto del desarrollo de sus materias. 2. Asimismo, deberán planificarse las actividades de información y asesoramiento académico y profesional al alumnado, especialmente a aquel que debe tomar decisiones frente a distintas opciones educativas o especialidades, y las que favorezcan la máxima adaptación y participación del alumnado en el centro, especialmente del procedente de otro nivel educativo o de nuevo ingreso, así como las que faciliten el desarrollo personal del alumnado y su integración en el grupo-clase. 3. En la planificación de actividades se deberá prever, igualmente, aquellas que hagan posible la necesaria coordinación entre las familias y el profesorado tutor. |