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GUIA SALUD OCUPACIONAL No. 1
Ensayo En la vida de las personas existen varias etapas, que van ligadas al crecimiento y a la evolución de las mismas, es por eso que al transcurrir de la vida, los seres humanos están obligados a realizar una serie de actividades que ayuden a cumplir con la ley dada por nosotros mismos, que cita que los seres humanos nacen, crecen, se reproducen y mueren. Pero para que esto se de de la mejor manera y para que el ser humano pueda cumplir esta ley, se ve en la obligación de trabajar para conseguir lo que desee y para cumplir sus metas y expectativas que tenga para su vida misma. Durante la vida del ser humano y para conservarla más tiempo, éste necesita de la salud, para que a través de ella proteja su vida y haga de esta una vida más grata y extendida, pero tenemos que relacionar la vida con el trabajo, ya que el trabajo, requiere de esfuerzos tanto físicos como mentales para poder desempeñar bien el mismo. Existen gran variedad de trabajos, unos con más responsabilidades que otros, unos más lucrativos que otros, unos peligrosos, unos sencillos, comprometidos, pero en todos existe un factor común que se puede determinar por los riesgos que éste posea y que pueda poner en peligro la vida de la persona que los está realizando, es por eso que en todos los trabajos, de cualquier categoría y de cualquier tipo, existe un plan o un sistema que permita mantener esos riesgos alejados de las personas y a su vez de su salud como tal. Relacionando estos dos términos, podemos darnos cuenta que van de la mano y que a su vez hablando en términos mas profundos, a pesar de los potenciales riesgos que exista ejerciendo una labor, el trabajo es muy importante para la salud de las personas, ya que la persona que realiza alguna labor, se mantendrá ocupado y ejercitara tanto su mente como su cuerpo, lo cual generará una ejercitación y un movimiento corporal que ayuda a la vida del ser humano, lo mantendrá activo y en constante relación con el alrededor, que en términos psicológicos es saludable para la vida de las personas. Es por eso que podríamos decir que el trabajo y la salud van de la mano, ya que estas dos acciones y estados del ser humano son directamente proporcionales, debido a que sin salud no hay trabajo y sin trabajo no hay salud.
Riesgo: Es la probabilidad de que un evento ocurrirá. El abarca una variedad de medidas de probabilidad de un resultado generalmente no favorable (MeSH/NLM). Número esperado de pérdidas humanas, personas heridas, propiedad dañada e interrupción de actividades económicas debido a fenómenos naturales particulares y por consiguiente, el producto de riesgos específicos y elementos de riesgo Factor de riesgo: Se entiende bajo esta denominación, la existencia de elementos, fenómenos, condiciones, circunstancias y acciones humanas, que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación o control del elemento agresivo. Acto o Comportamiento inseguro: Se refiere a todas las acciones y decisiones humanas, que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para el trabajador, la producción, el medio ambiente y otras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras. Condición peligrosa o Condición insegura: Es todo elemento de lo equipos, la materia prima, las herramientas, las máquinas, las instalaciones o el medio ambiente que se convierte en un peligro para las personas, los bienes, la operación y el medio ambiente y que bajo determinadas condiciones puede generar un incidente COPASO: Comité paritario de salud ocupacional
En nuestro caso de la empresa Ingenio Incauca podemos clasificar estos riesgos, teniendo en cuanta los que más son frecuentes en la misma tanto en los cultivos de caña como en la planta de producción Físicos: temperaturas, excesos de luz, ruido, humedad del piso, manipulación de las herramientas y elementos cortopunsantes. Accidentes en el Trasporte de la materia prima Químicos: incendios, inhalación de gases tóxicos, químicos utilizados como insecticidas, Vapores Biológicos: Contaminación del ambiente, Ergonómicos: Riesgo que se adquiere al momento de la manipulación de maquinaria, y las posturas de los cultivadores en el momento de la recolección, constantemente de pie. Psicosocial: Trastornos debido al exceso de trabajo y a la presión laboral. De seguridad: En las fincas riesgo de ataques de grupos insurgentes, ataques o robos a las plantas. De saneamiento: Plagas en los cultivos, ataques de animales silvestres y de monte
Estos factores de riesgo son controlados en la empresa por medio de medios internos de información y de comunicación, como advertencias, avisos e informaciones de los posibles riesgos. También se utilizan prendas de seguridad industrial, tales como: cascos, botas, caretas, gorras para el sol, gafas de protección, guantes, overoles gruesos industriales, tapa oídos. Las plantas y los cultivos, se encuentran en constante vigilancia por el personal de seguridad privada y por estamentos nacionales de seguridad como la policía y el ejército nacional. La planta de producción cuenta con un sistema cerrado de televisión y comunicación constante vía radioteléfono entre los diferentes departamentos de la misma, para comunicar cualquier anomalía, a su vez la planta posee un sistema de alarma de evacuación, de incendio y una ruta de evacuación muy bien elaborada y bien señalizada para abandonar la planta en corto tiempo en caso de cualquier tipo de riesgo que pueda atentar contra la vida de los trabajadores. Simulacros, y seminarios de seguridad industrial.
En Incauca los factores de riesgo más comunes que se presentan en el área de producción tienen que ver con la contaminación auditiva, debido a la maquinaria que se utiliza para el procesamiento del producto produce altos índices de ruido, para lo cual se hace necesario la utilización de audífonos tapa oídos , a su vez, para la producción del azúcar a través de la caña, se necesitan varios químicos y sustancias para la producción, lo cual hace esto un riesgo para las trabajadores que ejercen su función manipulando este tipo de elementos. En los cultivos: la exposición al sol, a la humedad, a los animales y a los ataques de grupos al margen de la ley. Medidas Preventivas: Simulacros, y seminarios de seguridad industrial.
El Ministerio de Agricultura a Emprendido un Fortalecimiento del Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias MSF para proteger las condiciones laborales y sanitarias como de las personas como de los animales y el ambiente como tal. La liberalización del comercio internacional y la globalización general de la economía mundial en las últimas décadas han significado un aumento de la importancia que adquiere el tema de medidas sanitarias y fitosanitarias y que agricultores, comerciantes y consumidores se familiaricen con políticas de comercio y su terminología, para poder beneficiarse de las oportunidades que ofrece la globalización. Las Medidas Sanitarias (seguridad humana y animal) y Fitosanitarias (seguridad de plantas), según el Acuerdo de las MSF de la Organización Mundial del Comercio OMC, son medidas aplicadas para:
En principio, un país puede incrementar su ingreso nacional real utilizando eficientemente y comercializando sus recursos, lo que significa que los consumidores pueden disfrutar de niveles más altos de satisfacción y los productores pueden vender sus productos en mercados más amplios. Para adecuar nuestro Sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias a las exigencias del comercio internacional se hizo indispensable fortalecer la coordinación institucional, objetivo del CONPES 3375 DE 2005. Dentro de la propuesta de coordinación interinstitucional se destaca el establecimiento, mediante el Decreto 2833 de 2006, de la Comisión Intersectorial de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Comisión MSF)- integrada por los ministros de Agricultura y Desarrollo Rural; de la Protección Social; de Comercio, Industria y Turismo; y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, así como por la Directora del Departamento Nacional de Planeación. La Comisión se encargará de coordinar y orientar la ejecución de la política de sanidad agropecuaria en el país. De acuerdo con el decreto, los directores del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM); del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA); del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA); y del Instituto Nacional de Salud (INS); al igual que el Superintendente de Industria y Comercio, serán invitados permanentes de la Comisión. De otra parte, se aprobaron los CONPES 3376 de 2005 y 3458 de 2007, sobre Política Sanitaria y de Inocuidad para las Cadenas de la Carne Bovina y de la Leche y la Política Nacional de Sanidad e Inocuidad para la Cadena Porcícola, respectivamente.
Relacionadas con el proceso productivo: ARTICULO 1º. OBJETIVO. La presente Ley tiene como objetivo establecer las normas que, en desarrollo de la Constitución Política (y de manera especial los artículos 1, 2, 11, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 64, 65, 78, 79, 80, 81, 82, 95 numerales 1º, 2º, 8º y 9º, 311, 334, 365, 366, 367, 368, 369, 370), regulan la promoción y protección de la salud pública como derecho esencial y colectivo, como bien de interés público, como deber del Estado y de los particulares, como finalidad fundamental y social del Estado, y en calidad de componente del orden público necesario para la convivencia ciudadana. Así mismo, integrar la promoción y protección de la salud pública al ordenamiento territorial y la planificación del desarrollo. La presente y demás leyes, reglamentos y disposiciones relativas a la salud son de orden público. ARTICULO 1º b. DERECHOS Y DEBERES. Toda persona debe velar por el mejoramiento, la conservación y la recuperación de su salud personal y la salud de los demás miembros de la sociedad, evitando acciones y omisiones perjudiciales y cumpliendo las instrucciones técnicas y las normas obligatorias que dicten las autoridades competentes. En relación con los asuntos que son de su competencia, las instituciones estatales deben advertir a las personas sobre condiciones que pongan en riesgo la salud pública y la forma de prevenirlos o mitigarlos. Los particulares vinculados a la producción, distribución y comercialización de bienes o servicios tienen la obligación de advertir de manera efectiva a los consumidores potenciales sobre los riesgos que el uso o consumo puedan representar para la salud. Toda persona tiene derecho a obtener de las autoridades competentes la debida información y las instrucciones adecuadas sobre asuntos, acciones y prácticas conducentes a la promoción, conservación, protección y recuperación de su salud personal y la de sus familias y comunidades. ARTICULO 3º. OBJETIVOS ESPECIFICOS. La presente ley tiene como objetivos específicos, los siguientes:
ARTICULO 5º. PRINCIPIOS ORIENTADORES. Las normas que establece la presente ley se regirán, además de los principios consagrados en la Constitución Política y en el artículo 153 de la Ley 100 de 1993, por los siguientes:
ARTICULO 4º. DEFINICIONES. La promoción y protección de la salud pública se fundamenta en las siguientes definiciones:
El grupo del Dr. Ricardo Luque propone integrar los numerales 5,6 y 7 a la definición de Salud Publica
ARTICULO 6º. COMPETENCIA RECTORA DEL MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL. Para efectos de la presente ley, el Ministerio de la Protección Social, en coordinación con las demás autoridades competentes que actúan en su nombre, será el máximo organismo regulador de las normas de promoción y protección de la salud pública en todos los aspectos relacionados en ella. Los demás Ministerios y organismos del Estado deberán obtener la aprobación del Ministerio de la Protección Social en todos aquellos asuntos que constituyan riesgos para la salud pública. ARTICULO 6º b. AUTORIDAD SANITARIA INTERNACIONAL. El Gobierno tendrá como referente la autoridad sanitaria internacional de la Organización Mundial de la Salud (OMS) a través de su oficina regional para las Américas, la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
de equipos, materiales y elementos: Hay numerosa legislación al respecto que aplica a los diferentes tipos de residuos peligrosos. Ésta incluye: Resolución 2400 de 1979. Estatuto de seguridad industrial. Ley 142 de 1994, Ley de Servicios Públicos Domiciliarios Ley 430 de 1998 Referente a desechos peligrosos. Decreto número 2676 de 2000 (diciembre 22) por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos Biológicos y modificaciones de marzo del 2002. Normas establecidas por el comité operativo de manejo integral de residuos creada por Resolución Rectoral No. 148701 de 2001 Resolución 01164 de 2002 del Ministerio del Medio Ambiente (septiembre 6) Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de los residuos hospitalarios y similares del Ministerio del Medio Ambiente y el Ministerio de Salud. Decreto 1669 de 2002. Manejo de residuos anatomopatológicos humanos El código de colores es el siguiente: Verde: Residuos ordinarios y biodegradables (residuos de alimentos, jardines, zonas verdes). Rojo: Residuos anatomopatológicos, infecciosos, biológicos y citotóxicos. Gris: Material reciclable, plástico, vidrio, cartón, papel, latas, textiles entre otros. Púrpura Material radiactivo Tabla 1 Clasificación, Tratamiento y Disposición de los residuos
*Recipientes reutilizables (Canecas): Forma cónica liviano, resistente, anticorrosivo, interior liso, tapa hermética con ajuste de pedal, provisto de asas, con capacidad no superior a 8 kilos. *Rígidos desechables (guardianes de seguridad): Boca ancha, material duro, liviano, resistente, interior liso, capacidad no superior a 2 litros, son especiales para el almacenamiento de residuos punzo cortantes y deben tener las siguientes características: Rígidos (polipropileno de alta densidad): resistentes, con cierre hermético y rotulados de acuerdo con la clase de residuos que contiene, según el pictograma internacional para los residuos biológicos. *Desechables (bolsas): Material plástico de alta densidad, calibre de 1 a 1.6 mm, tamaño ajustado al de la caneca, de tal manera que recubra el borde externo de la misma, de capacidad no superior a 20 kilos
de trabajo: Seguridad y Salud Ocupacional
Control y Seguridad - Basc Ingenio Providencia S. A. con la participación de sus trabajadores, proveedores y clientes, está comprometido con la implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo de las medidas necesarias y factibles para garantizar el control y seguridad de sus procesos y el cumplimiento de la ley, evitando así la contaminación de los productos con sustancias ilícitas, la realización de actividades ilegales y la realización de actos terroristas en el ciclo del producto y contribuyendo al desarrollo de un comercio internacional en condiciones seguras. |