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![]() OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE (RNOS: 1-1160-5) ![]() La Obra Social de Empleados de la Marina Mercante (OSEMM), a través de su Consejo de Administración presenta a sus beneficiarios, una rápida y ordenada identificación de los servicios que brinda, recordando a sus beneficiarios, que la Obra Social cumple los principios de solidaridad y equidad entre los trabajadores y sus familias. El objetivo primordial de este ente social es proteger al máximo la salud de sus afiliados, brindándoles la seguridad de que en caso de enfermedad puedan contar con la atención que requieran para superar la misma, con premura y con primer nivel de calidad. El cabal conocimiento y funcionamiento de su Obra Social le permitirá utilizar los recursos en forma racional, lo que evitará el perjuicio económico y funcional de la institución, la incrementará en el tiempo la calidad de los servicios. Para solucionar problemas que puedan presentarse, aclarar dudas y pedir sugerencias, comunicarse con Sede Central o a las delegaciones que están a disposición de los afiliados de lunes a viernes de 10 a 18 Horas. En los siguientes teléfonos. SEDE CENTRAL BARTOLOME MITRE 3776 1201 C.A.B.A TEL. 4981-8549 / 8762 DELEGACION TIGRE 4731-0945 DELEGACION NECOCHEA 02262 - 522583 DELEGACION BAHIA BLANCA 0291-4527205 DELEGACION ROSARIO 0341 - 4215293 DELEGACION SANTA FE 0342 – 4553712 DELEGACION SAN LORENZO 03476- 421840 DELEGACION SAN PEDRO 03329 - 439483 DELEGACION SAN NICOLAS 0336 - 44437070 DELEGACION ZARATE-CAMPANA 03487 – 435647 DELEGACION CORRIENTES 0379- 4421557 E-MAIL OSEMM osemm@osemm.org.ar E-MAIL AAEMM aaemm@aaemm.org.ar Esta Obra Social otorga la cobertura que indica el PLAN MEDICO OBLIGATORIO. AFILIACION OBRA SOCIAL O.S.E.M.M. Para afiliarse a la Obra Social debe presentar:
Afiliación de los hijos.
ANEXO ICOBERTURAATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD Plan Materno Infantil: Se dará cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento. Atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad. Todo con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio y exceptuado del pago de todo tipo de coseguros para las atenciones y medicaciones específicas. Esta cobertura comprende: a) Embarazo y parto: consultas, estudios de diagnóstico exclusivamente relacionados con el embarazo, el parto y puerperio, ya que otro tipo de estudios tendrá la cobertura que rige al resto de este PMO; psicoprofilaxis obstétrica, medicamentos exclusivamente relacionados con el embarazo y el parto con cobertura al 100%. b) Infantil: cumplimiento de la ley 26.279 de detección de patologías del recién nacido, a todo niño al nacer se le practicarán las determinaciones para la detección y posterior tratamiento de fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sifilis. Deberán cubrirse las consultas de seguimiento y control, inmunizaciones del período, cobertura del 100% de la medicación requerida para el primer año de vida siempre que ésta figure en el listado de medicamentos esenciales. c) A fin de estimular la lactancia materna no se cubrirán las leches maternizadas o de otro tipo, salvo expresa indicación médica, con evaluación de la auditoría médica. Programas de prevención de cánceres femeninos: En especial de cáncer de mama y cuello uterino, diagnóstico y tratamiento de todas las afecciones malignas. Siempre con la cobertura de las medicaciones que figuren en los protocolos del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica. Se excluyen de la cobertura todo tipo de tratamientos y/o protocolos de carácter experimental o en fase de prueba. Papanicolau control anual a partir de los 18 años o desde el inicios de las relaciones sexuales. Mamografía control anual a partir de los 40 años sin limite de edad Mamografía control anual a partir de los 35 años si es que tienen antecedentes oncológicos familiares sin limite de edad. Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable (Ley 25.673): Promoción de la salud sexual y procreación responsable, especialmente en los adolecentes, mediante la información sobre los diferentes métodos anticonceptivos , la prevención de enfermedades de transmisión sexual, la detección temprana de enfermedades ginecológicas y el fomento de hábitos de vida saludables. Cobertura al 100% de anticonceptivos intrauterinos, diafragmas y espermicidas. Asimismo OSEMM dará cumplimiento a las prácticas de ligadura de Trompas de Falopio y Vasectomía (ley 26.130) y a la Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE). Odontología preventiva: Detección de placa, aplicación de topicaciones de fluor, campañas de educación para la salud bucal, tratamientos preventivos. ATENCIÓN SECUNDARIA La Obra Social del Personal de La Marina Mercante brindará exclusivamente las especialidades reconocidas por la autoridad sanitaria nacional. Especialidades:
Magnética y Ecografía.
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