Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de portero-recepcionista del instituto cajal




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fecha de publicación09.02.2018
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PORTERO-RECEPCIONISTA DEL INSTITUTO CAJAL

1.- OBJETO DEL PLIEGO:
El objeto del presente pliego es definir las prescripciones técnicas del servicio de portero-recepcionista para el Instituto Cajal.
Código CPA: 96.09.19

Código CPV: 98341120-2

2.- PRECIO DE LICITACIÓN:
El precio máximo de licitación será de 101.376,00 €, IVA excluido, con el siguiente desglose por anualidades:


ANUALIDAD

IMPORTE SIN IVA (€)

IVA (€)

IMPORTE CON IVA (€)

2012

33.792,00

6.082,56

39.874,56

2013

33.792,00

6.082,56

39.874,56

2014

33.792,00

6.082,56

39.874,56

TOTAL

101.376,00

18.247,68

119.623,68


Los precios de adjudicación serán revisables en las condiciones que fija el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

3.- PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución será de 3 años, desde el 1 de enero de 2012 al 31 de de diciembre de 2014, prorrogable en las condiciones que fija el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

4.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO:
Instituto Cajal

Avda. Doctor Arce núm. 37 de MADRID

5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO:
5.1.- Funciones y tareas a realizar:
Las funciones que se realizarán serán las de portero recepcionista, incluyendo los servicios de guarda, conserjería y recepción, atención telefónica, atención al público, servicio de correos, control de llaves y dentro de las limitaciones técnicas, resolver cualquier anomalía que afecte a los servicios de mantenimiento del Instituto.
5.2.- Jornadas y horario:
El número de horas semanales (semana habitual sin festivos) que se realizará será de 74,5.
El servicio se prestará por un portero-recepcionista con el siguiente horario:

  • Lunes a viernes (laborables) de 15,30 a 24,00 horas.

  • Sábados, domingos y festivos de 8,00 a 24,00 horas.


5.3.- Medios personales:
Los medios personales destinados a la realización del objeto del contrato se adecuarán en número de jornadas, categorías y horario a lo estipulado en el apartado anterior, siendo motivo de exclusión su no adecuación.
La empresa adjudicataria tendrá al personal a su cargo dentro de la Legislación vigente y establecerá los turnos de trabajo dentro de lo que la Ley determina, estando obligada a sustituir, de forma inmediata, las bajas por enfermedad o accidente, permisos o periodo vacacional.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 277.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, a la extinción del contrato no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Todo el personal vestirá correctamente y con decoro.
Se valorará la adscripción del personal a un convenio de referencia.

6.- SISTEMAS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
La empresa adjudicataria designará un jefe de grupo de entre los trabajadores que destine a la ejecución del contrato, que deberá estar en contacto directo con la persona responsable de este servicio en el Instituto.
La empresa adjudicataria designará un supervisor para que realice el control y seguimiento de la ejecución del contrato. El supervisor realizará, al menos, una inspección semanal “in situ”, dando conocimiento de estas visitas a la Gerencia del Instituto. El supervisor será personal estructural de la empresa. Por tanto, no podrá ser ninguno de los trabajadores que están destinados a la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria dispondrá los sistemas de control y seguimiento necesarios para garantizar la correcta ejecución del contrato, así como para asegurar una información puntual del desarrollo de los trabajos y de las incidencias que puedan producirse.
Este apartado será detallado por los oferentes según queda recogido en el anexo 5 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y su valoración se realizará de acuerdo con lo indicado en el anexo 6 de dicho pliego.

7.- OTRAS CONDICIONES:
El Instituto podrá exigir la inmediata sustitución de los trabajadores, cuando estos tuvieran comportamientos incorrectos o se aprecie que no realizan el servicio correctamente. Asimismo el personal, que preste el servicio, no podrá ser sustituido sin el consentimiento expreso de la Gerencia del Instituto.
Los servicios contratados estarán siempre cubiertos, procediendo el adjudicatario a la sustitución del personal en caso de imposibilidad de asistencia del trabajador, que normalmente realiza el servicio.
Los horarios de prestación del servicio se podrán modificar, a petición del organismo contratante, cuando sea imprescindible por necesidades del servicio, sin que varíe el número de horas totales contratadas.
La empresa adjudicataria cumplirá las obligaciones empresariales que establecen la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la normativa y reglamentación que le sea de aplicación en su caso. Se evitará o reducirá en lo máximo posible, y siempre dentro de la legalidad, cualquier impacto ambiental, que el desarrollo del trabajo o actividad objeto del contrato pudiera generar.

8.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:
En ningún caso, debido a la confidencialidad de la información, la empresa adjudicataria podrá utilizar la documentación generada o la información a la que tenga acceso para un fin distinto del indicado en este pliego.
El personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación prevista en este contrato guardará secreto profesional sobre las informaciones, documentos o asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del presente contrato, y estará obligado a no hacer público o enajenar cuantos datos conozcan por razón de su ejecución incluso después de finalizar el plazo contractual.
La empresa adjudicataria se compromete expresamente al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma, y a formar e informar en las obligaciones que de tales normas dimanan.

9.- FORMA DE PAGO:
El abono del precio de contrato se efectuará en pagos parciales mensuales, previa presentación de facturas y certificación del cumplimiento de los servicios, tal como establece la cláusula 11.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.




10.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:



La documentación técnica se presentará por duplicado en la forma exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (cláusula 6.2) y debidamente firmada por el representante de la empresa.
Cuando sea posible, se incluirá en el sobre de documentación técnica una copia de dicha documentación en CD. Los ficheros tendrán el formato PDF o WORD. La inclusión de este CD no exime de la entrega de la documentación tal como requiere el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.


SERVICIO DE PORTERO RECEPCIONISTA

CSIC050601PT11REF39

/

C/ Jorge Manrique, 27

28006 Madrid España

Tel.: 91 568 17 85

Fax: 91 568 17 99

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