ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX-POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO: EXPLOTACIÓN DE MATERIALES DE MACIZO ROCOSO EN EL ÁREA DE LIBRE APROVECHAMIENTO “IMG-MOLLEPAMBA 1”, CÓDIGO 690633, UBICADA EN EL CANTÓN GONZANAMÁ, PROVINCIA DE LOJA
RESUMEN EJECUTIVO

RESPONSABLE:
Ing. Xavier Espinosa Pachar
CONSULTOR AMBIENTAL
REG. PROF. MAE -174-CI
Octubre 2013
Loja - Ecuador
CAPÍTULO I
DATOS GENERALES
FICHA TÉCNICA
Nombre del proyecto
| Estudio de Impacto Ambiental Ex-Post y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto: Explotación de Macizo rocoso en el Área de Libre Aprovechamiento “IMG-Mollepama 1”, Código 690633, ubicada en el Cantón Gonzanamá, Provincia de Loja.
| Etapa
| Explotación
| Recursos Explotados
| Macizo rocoso
|
Ubicación Geográfica
| Parroquia Nambacola
Cantón Gonzanamá
Provincia de Loja
|
Coordenadas
DATUM PSAD - 56
| Puntos
| Coordenadas
| X
| Y
| PP
| 676800
| 9542700
| 1
| 677000
| 9542700
| 2
| 677000
| 9542500
| 3
| 676800
| 9542500
| Extensión
| 4 hectáreas
| Proponente
| Gobierno Autónomo Municipal del Cantón Gonzanamá
| Representante Legal
| Ing. Norman Omar Espinoza Luna
| Dirección y teléfono del titular
| Calles: Loja y Bolívar (Esquina)
Teléfono: 072664-109
Email: municipiogonzanama@gmail.com
| EQUIPO TÉCNICO
| Consultor Responsable: Xavier Espinosa Pachar
CONSULTOR AMBIENTAL
REG. PROF. MAE -174-CI
| NOMBRE Y APELLIDO
| FUNCIÓN
| HOJA DE VIDA
| FIRMA DE RESPONSABILIDAD
| Ing. Xavier Espinosa P.
| Consultor Líder, Flora, fauna, Agua y suelos
| Ing. Stewart Hurtado
| Estudio Ecoclimático
| Ing. Luis Espinosa
| Análisis de Riesgos
| Lic. Soledad Zapata Benítez | Estudio socio-económico
| Ing. Diego Jara | Geología y minería
| Ing. María Fernanda González | Sistemas de Información Geográfica
| Lab. Gruentec | Análisis de Laboratorio
| 1.2 INTRODUCCIÓN
1.2.1 Antecedentes
El Gobierno Autónomo Municipal del Cantón Gonzanamá, dentro sus prioridades tiene contemplado el mejoramiento de varias obras de infraestructura, ello ha traído como consecuencia la necesidad de abrir nuevas áreas de extracción de materiales pétreos para asegurar el abastecimiento de este material para las obras públicas.
El principal objetivo de la explotación del área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633 es el de disponer de productos pétreos como materia prima para la construcción, reconstrucción y lastrado de vías, por lo que es necesario hacer uso de los recursos naturales con los que se cuenta en el cantón de manera sustentable y en estricto cumplimiento con la legislación nacional vigente.
En este sector conocido como “La Mina de Mollepamba” se viene extrayendo material pétreos de manera informal desde el año 2006, en la actualidad el GAD Municipal del cantón Gonzanamá ha solicitado en libre aprovechamiento ante la subsecretaria de minas, con el afán de regularizar la actividad y contar con un área legalmente adjudicada por el Ministerio del Ramo, pedido que ha sido aceptado por la Subsecretaría de Minas, por lo que se dicta la resolución de adjudicación del área minera, la fecha del 26 de Abril del 2012, misma que ha sido debidamente protocolizada e inscrita en la Agencia de Regulación y Control Minero la fecha del 09 de Mayo del 2012, con ello la municipalidad se compromete a regularizar la actividad ante el Ministerio del Ambiente, la Secretaría Nacional del Agua y el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.
La fecha del 24 de octubre se solicita al MAE, la adjudicación del certificado de intersección con la finalidad de determinar si el área de libre aprovechamiento, intersecta con el sistema Nacional de Áreas protegidas SNAP), bosques y vegetación protectora (BVP) y patrimonio forestal del estado 8PFE), teniendo como resultado que el libre aprovechamiento no intersecta con ninguno de los antes mencionados la fecha del 14 de Noviembre del 2012, seguido a ello la fecha del 16 de noviembre se solicita categorizar al proyecto minero, categorización que es atendida la fecha del 18 del mismo mes y año, dando como resultado la categoría de “B” Estudio de Impacto Ambiental Ex_post y Plan de Manejo.
Una vez que el proyecto ha sido categorizado, se procede a realizar y entregar los términos de referencia para la elaboración del mencionado Estudio de Impacto Ambiental Ex_post y Plan de Manejo, la fecha del 25 de Marzo del 2013.
Parte del proceso de licenciamiento ambiental consiste en obtener los actos administrativos favorables, como son permiso ante la SENAGUA e INPC, para que dictaran la resolución que autorice el inicio de estas actividades, previo cumplimiento de parámetros establecidos. Estos trámites se han iniciado satisfactoriamente las fechas del 08 y 23 de julio del 2013 respectivamente.
En concordancia con lo establecido en el Art, 78 de la Ley de Minería se ha previsto la realización del Estudio de Impacto Ambiental Ex-Post y Plan de Manejo Ambiental para el presente proyecto, permitiendo con ello identificar y evaluar los posibles impactos ambientales generados como resultado de las actividades de explotación, así como ejecutar las actividades necesarias para garantizar la conservación de la zona con la implementación del Plan de Manejo Ambiental.
1.2.2 Objetivos
General
Elaborar el Estudio de Impacto Ambiental Ex-Post y Plan de Manejo Ambiental del proyecto: Explotación de materiales de construcción dentro del área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633, ubicada en el cantón Gonzanamá, provincia de Loja.
Objetivos específicos
Describir los procesos y actividades que contempla la explotación dentro del área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633.
Efectuar una descripción general de la situación actual de los aspectos físicos, bióticos y antrópicos involucrados en el proyecto, con énfasis en aquellos más susceptibles de afectación por las actividades del mismo.
Identificar, interpretar y valorar los impactos ambientales asociados a la explotación dentro del área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633
Verificar el grado de cumplimiento ambiental del proyecto, mediante la determinación de Conformidades y Hallazgos (No Conformidades Mayores, No Conformidades Menores y Observaciones), de acuerdo con lo señalado en la legislación ambiental vigente relacionada a esta clase de proyectos.
Elaborar un Plan de Acción, con las medidas correctivas a implementarse de manera inmediata para el levantamiento de las Bo conformidades encontradas.
Elaborar el Plan de Manejo Ambiental con los correspondientes programas, que incluyan medidas para prevenir, mitigar, recuperar y compensar los impactos ambientales negativos de carácter significativo, así como para potenciar los impactos ambientales positivos.
Socializar el proyecto oportunamente a los moradores de las áreas de influencia del proyecto, conforme lo dicta el Decreto Ejecutivo 1040.
1.2.3 Alcance del EsIA y PMA
EL alcance se fundamentará en los siguientes aspectos:
El alcance geográfico está dado por el área concerniente a la ubicación del proyecto vial y su área de influencia.
El alcance técnico considera la identificación de las actividades de construcción, operación-mantenimiento y abandono, así como las posibles alteraciones socio-ambientales, con el fin de establecer las medidas correctivas para minimizar los impactos que se identifiquen.
El alcance específico está dado en la caracterización detallada y actualizada de las condiciones socio-ambientales existentes, de los aspectos: físico, biótico, socioeconómico y cultural.
El alcance del presente estudio se basará además en la verificación de cumplimiento ambiental en función de la legislación vigente.
CAPÍTULO II
MARCO LEGAL
En el Cuadro 1 se resume las normas y disposiciones legales aplicables a las actividades del proyecto:
Cuadro 1. Marco Legal aplicable al área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633
Instrumento
| Documento de revisión
| Marco Legal
| Constitución de la República del Ecuador
| R.O. Nº 449 del 20 de octubre de 2008
| Ley de Gestión Ambiental
| R.O. Nº 245 del 30 de julio de 1999
| Ley de Minería
| R.O. No. 517 del 29 de enero de 2009
| Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
| R.O. No. 97 del 31 de Mayo de 1996
| Ley de Aguas
| R.O. No. 69 del 30 de mayo de 1972
| Ley Orgánica de Salud
| R.O. Suplemento 423 de 22 de Diciembre de 2006
| Ley Reformatoria del Código Penal
|
| Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente
| R.O. No. 725 de 16 de diciembre de 2002
| Reglamento General a la Ley de Minería
| R.O. No. 67 del 16 de noviembre
| Reglamento Ambiental para Actividades Mineras en la República del Ecuador
| R.O. No. 067 del 16 de noviembre del 2009
| Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador
| R.O. No. 265 del 13 de febrero de 2011
| Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental
| R.O. No. 332 del 08 de mayo del 2008
| Reglamento de Aplicación a la Ley de Aguas
|
| Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo
| R.O. No. 249 del 3 de febrero de 1998
| Reglamento del Régimen Especial para el Libre Aprovechamiento de Materiales de Construcción para la Obra Pública
| R.O. No. 482 del 01 de julio de 2011
| Acuerdo Ministerial No. 026: Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos
| R.O. No. 334 de 12-05-2008
| Normas para la Construcción de Caminos y Puentes
|
| Norma INEN
|
| MARCO INSTITUCIONAL
| Ministerio del Ambiente del Ecuador
| Agencia de Regulación y Control Minero
| Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC)
| Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales
| Gobierno Municipal del Cantón Gonzanamá
| Elaboración: Equipo consultor, 2013
CAPÍTULO III
DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO
El proyecto de explotación de materiales pétreos que se está realizando en la zona que circunscribe al área del libre aprovechamiento se ubica el barrio Mollepamba, parroquia Nambacola, dentro de esta se labora con maquinaria pesada, respetando los volúmenes para la cual fue autorizada en la presente resolución.
El proyecto de extracción de materiales pétreos tiene como exclusiva finalidad, la explotación de macizo rocoso para la extracción de materiales pétreos. La superficie total de libre aprovechamiento es de 4 Has contiguas para la ejecución de la fase de explotación.
El acceso al área de libre aprovechamiento, se realiza de la siguiente manera: partiendo desde la ciudad de Loja, se toma la vía de primer orden que conduce a la ciudad de Catamayo y luego la que conduce a Gonzanamá, desde este sitio se continua por la vía que nos dirige hacia la ciudad de Cariamanga encontraremos a la altura del kilómetro 7 con el área de libre aprovechamiento.
Actividades del Proyecto
Fase de exploración
Reconocimiento del área de estudio
Franqueo de trincheras exploratorias
Levantamiento topográfico de las zonas de interés
Fotointerpretación
Levantamiento geológico
Fase de Explotación
Destape y preparación del sitio
Arranque de material pétreo
Clasificación del material
Carga del material
Transporte de los Áridos
Fase de Mantenimiento
Mantenimiento mecánico
Mantenimiento de las vías de acceso
Fase de Cierre y Abandono
Retiro de maquinaria
Rehabilitación ambiental
CAPÍTULO IV
SELECCIÓN DE ALTERNATIVAS
La ejecución de cualquier proyecto de ingeniería requiere de un adecuado balance de los aspectos ambientales, técnicos, económicos y sociales, no obstante, el peso relativo de cada uno de estos aspectos también depende de otros factores, entre estos, las condiciones o características del área de influencia donde se ejecutan las actividades del proyecto y la magnitud e importancia del mismo; frente al desarrollo o aporte al país, en términos de inversión, ingreso de divisas y empleo.
El análisis de alternativas considera el aspecto socio-ambiental, técnico y económico, otorgándoles un peso relativo en función de las características del área de estudio donde se desarrolla el proyecto.
4.1. Bases para la definición de las Alternativas
La definición de las alternativas se realizó en base a los siguientes lineamientos:
Lineamientos ambientales.- Reducción de la superficie del impacto del proyecto.
Buscar la menor intervención en áreas naturales, lo cual implica un menor impacto sobre los componentes físico y biótico.
Lineamientos socioeconómicos a escala micro.- Aporte al desarrollo de las poblaciones aledañas al área del proyecto
Lineamientos técnicos.- Desarrollo y costos de inversión por motivo de las actividades de extracción del material pétreo.
4.2. Alternativas al Proyecto En base a estos criterios se presentan las dos alternativas posibles:
Alternativa 1.- Con la extracción del material pétreo se obtienen los siguientes beneficios:
Cumplir con la legislación ambiental vigente aplicable al proyecto.
Lastrar las vías de las parroquias y barrios del cantón Gonzanamá
Cumplir con lo establecido en la legislación ecuatoriana en cuanto a las funciones y competencias de los Gobiernos Municipales, principalmente lo establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD), en el Art. 54, el Art. 144 de la Ley de Minería, el Art. 48 del Reglamento General a la Ley de Minería y el Art. 24 del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras en la República del Ecuador.
Las actividades de explotación se deben realizar considerando la menor afectación posible al medio, y esto se obtendrá siguiendo los lineamientos presentados a continuación:
Realizar las actividades de explotación estrictamente dentro de los límites establecidos.
Privilegiar las zonas alteradas y sin vegetación para la ubicación de los escombros (en caso de generarse).
Alternativa 2.- Al ya no realizarse la explotación del material pétreo en el área de libre aprovechamiento, se evitaría los impactos ambientales.
El no realizar el proyecto implica el no aportar con el desarrollo económico del cantón Gonzanamá en vista de que el material extraído tiene por objeto la construcción de obras de infraestructura en beneficio de la comunidad.
CAPÍTULO IV
ÁREAS DE INFLUENCIA
Las áreas de influencia se definen como las zonas en las que tienen lugar los impactos directos producidos por la implementación de las acciones del proyecto, como los impactos indirectos producidos por actividades económicas que se ven modificadas por la materialización del proyecto.
Metodología El análisis para la delimitación del área de influencia del área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633, se realizó tomando en cuenta la extensión que abarca el área del proyecto, la superficie del proyecto y la totalidad de los componentes ambientales que resultan afectados directa e indirectamente por las actividades de explotación.
La determinación del área de influencia se efectuó en base a criterios de orden físico-geográfico y socioeconómico, con los que se estableció tres áreas principales:
Área de influencia física (abiótica)
Área de influencia ecológica (biótica)
Área de influencia socioeconómica-cultural (antrópica)
De la superposición de estas tres áreas de influencia se obtuvo el área de influencia ambiental, que se divide en el área de influencia directa y el área de influencia indirecta.
A continuación se describen los criterios bióticos, abióticos y antrópicos considerados para la determinación de las áreas de influencia:
Suelo.- Cambios en el uso actual del suelo, erosión, alteración o contaminación del suelo como consecuencia de las actividades de explotación de áridos en el área de libre aprovechamiento “IMG-MOLLEPAMBA 1” código 690633
Aire.- Alteración y contaminación del aire por gases, material particulado, emisiones y ruido generados por la maquinaria empleada en la fase de explotación.
Agua.- En este caso muy particular no existen fuentes de agua cercanas al proyecto, por lo que este no se verá afectando de manera alguna.
Fauna.- Alteración de las condiciones de vida natural de la fauna, debido a las molestias ocasionada por la presencia de los trabajadores y el ruido generado por la maquinaria que ocasionan migración de especies.
Paisaje.- La presencia de maquinaria y las excavaciones resultantes de la extracción de materiales alteran la estética paisajística del sector.
Componente antrópico.- El área de influencia social está determinada principalmente por la cantidad de mano de obra que se requiere para el proyecto, consecuentemente el impacto que se genera es de carácter positivo, ya que los moradores de los barrios aledaños al área se ven beneficiados por la creación de fuentes de trabajo.
Como área de influencia social del proyecto de explotación, se puede mencionar a las comunidades beneficiarias directa e indirectamente del cantón Gonzanamá; puesto que el material extraído será utilizado en la ejecución de varias obras públicas de beneficio comunitario.
La ventaja de esta área de libre aprovechamiento, es que no se ubica cercana a ningún centro poblado, por lo que no se causara molestias con el incremento en los niveles de ruido y la generación de polvo.
El Área de Influencia Directa (AID)
Para detallar el Área de influencia directa se ha considerado primeramente las 4 has mineras contiguas, seguido a ello se considera que las repercusiones de los trabajos no sobrepasaran los 250 m de los límites del área del libre aprovechamiento, se considera que en esta zona se verán las alteraciones en forma directa como consecuencia de la ejecución de las actividades de extracción de materiales pétreos.
En el área de influencia directa, los factores ambientales que se ven mayormente afectados de acuerdo a los criterios considerados son los siguientes:
Alteración de la estética paisajística en el área de influencia directa del proyecto.
Alteración de la calidad del aire por emisión de gases, ruido y material Particulado y vibraciones
Afectación del medio natural por ruido y vibraciones generado por la maquinaria que alejan la fauna del sitio principalmente durante la operación de la maquinaria.
El Área de Influencia Indirecta (AII) Esta área se estableció en función del alcance en términos geográficos y de los impactos socio- ambientales indirectos que se pudieren generar de la ejecución de las actividades del proyecto. Para este caso, como área de influencia indirecta se consideró al área comprendida a 250 m más de lo considerado como área de directa del proyecto (AID).
Se considera que los factores ambientales que se verán mayormente afectados son:
Alteración de la calidad del aire por la emanación de material Particulado, gases y ruido generado en el trasporte del material pétreo.
Alteración del medio natural por ruido.
Repercusiones a los pobladores que habitan en el poblado de la libertad
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