Sr. Ing. Rene H. Cornejo Díaz




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Lima, 27 de febrero de 2013
Sr.

Ing. Rene H. Cornejo Díaz.

Premier de la Republica del Perú

Lima.-
De mi mayor consideración:
Asunto : DENUNCIA CONTRA ROSSINA MANCHE MANTERO

EX - GERENTE GENERAL DE SEDAPAL
De mi mayor consideración:
Por medio de la presente, me apersono a usted como persona capaz para formalizar denuncia contra la Sra. Rossina Manche Mantero, ex-Gerente General de SEDAPAL 2012-2014, por supuesto delito de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, en el sentido de formar parte de una agrupación de dos o más personas destinadas a cometer delitos y otros que se pudieran derivar del proceso de investigación, los mismos que paso a fundamentar y detallar:
SUPUESTO DELITO IMPUTADO

El delito de asociación ilícita está tipificado en el art. 317° del Código Penal en los términos siguientes:

El delito de asociación ilícita está tipificado en el art. 317° del Código Penal en los términos siguientes: “Artículo 317°.- El que forma parte de una agrupación de dos o más personas destinada a cometer delitos será reprimido, por el sólo hecho de ser miembro de la agrupación, con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años. Cuando la agrupación esté destinada a cometer los delitos de genocidio, contra la seguridad y tranquilidad públicas, contra el Estado y la defensa nacional o contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, la pena será no menor de ocho años, de ciento ochenta a trescientos sesenticinco días multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1, 2 y 4”

Como puede apreciarse, este delito se consuma con la mera pertenencia a una agrupación de dos o más personas destinada a cometer delitos, sin importar la materialización de los ilícitos penales proyectados, pues lo que se sanciona es el PELIGRO que significa para la tranquilidad pública la existencia de una agrupación criminal, entendida como aparato organizado con división funcional de roles, en cuya estructura sus integrantes tienen una participación decisiva o simplemente ejecutiva.

El bien jurídico penalmente protegido es, por tanto, la tranquilidad y la paz pública, y el dolo específico que distingue el delito de asociación ilícita de las infracciones penales

que dicha agrupación cometa, es, precisamente, el de atentar contra la paz pública resultante del normal funcionamiento de las instituciones y servicios públicos al integrar una asociación destinada a cometer delitos.

En tal sentido, los elementos materiales de la infracción son: a) En lo que respecta al sujeto activo, se trata de un hecho punible necesariamente plurisubjetivo o pluripersonal, exigiéndose la concurrencia de una base organizativa entre ellos; b) Es indispensable la concurrencia de un elemento tendencial, finalista o teleológico, expresado en el propósito colectivo de cometer delitos. De la exigencia del primer elemento típico, se evidencia que no se castiga la participación específica en un delito, sino la participación en una asociación destinada a cometerlos con independencia de la ejecución o inejecución de los hechos planeados o propuestos. Se trata pues de un caso de adelantamiento de la barrera criminal, concretamente de la sanción de actos preparatorios elevados a la categoría de actos ejecutivos por razones de prevención general.

En definitiva, para que pueda hablarse de asociación criminal es necesario cierto elemento de permanencia, así como un mínimo de cohesión. Sin embargo, ello NO implica equiparar los conceptos de banda, concierto o la mera pluralidad de personas con el de «asociación ilícita». La banda exige al igual la permanencia, pero a diferencia de la simple asociación delictiva parece requerir necesariamente del elemento organizativo, es decir de un sistema jerárquico y de reparto del trabajo, aspectos que no necesariamente deben observarse en la asociación criminal.

Distintos son los casos del concierto o pluralidad de personas, en donde se aprecia una asociación eventual de personas, muchas veces desordenada, sin jerarquía ni una clara distribución de roles.

Según las indagaciones realizadas la bachiller Sra. Rossina Manche Mantero, ex –trabajadora de PROINVERSION y ex – Gerente General de SEDAPAL en esta investigación, es posible afirmar que la agrupación ilícita dirigida por la Sra. Rossina Manche Mantero se organizó como un aparato de poder de organización no estatal (criminalidad organizada) que operó como «para-Empresa», esto es, integrada a éste, aprovechando el dominio material que detentaba sobre el ámbito público y los «cauces del Derecho» para la común satisfacción de intereses delictivos.

Con relación al segundo elemento típico, debe tenerse presente que la organización de la Sra. Rossina Manche Montero utilizó la estructura de la empresa estatal SEDAPAL, como de Control Interno, etc. para perpetrar diversos supuestos delitos, de suerte que el propósito delictivo se manifestó en organizaciones preexistentes. En tal sentido, el dominio de la organización por parte de la Sra. Rossina Manche Montero se ejerció en el marco de un aparato de poder formal, esto es, una organización que estuvo estructurada de modo jerárquico-lineal e integrada por un número suficientemente grande de ejecutores intercambiables. Así, cuando una «asociación criminal», más allá de la habitual conexión poco densa en forma de red, sí presente estructuras fijas de organización y un gran número de miembros, formará parte de la «criminalidad organizada» en sentido estricto.

Ahora bien, la indebida deposición de recursos públicos era uno de los frentes de esta organización criminal y una de las modalidades a través de las cuales se persiguió y logró tal designio, fue mediante el uso irregular de procedimientos internos y practicas ilícitas. Efectivamente, como bien se describe abajo de esta denuncia, la organización criminal liderada por la Sra. Rossina Manche Montero, y con la intervención en diversos momentos del Sr. Jorge Rucoba, utilizaron fraudulentamente un conjunto de normas con la finalidad de desviar fondos públicos de la empresa estatal SEDAPAL, con diversos argumentos falsos, desde donde se ejecutaron actos de disposición directa con fines ilegales o simplemente contratos supuestamente fraudulentos que acarrearian beneficios a los denunciados.

De esta forma, los denunciados, por el sólo hecho de haber formado parte de la organización criminal en referencia son penalmente responsables por el delito de asociación ilícita para delinquir, sin necesidad de demostrarse su participación en el planeamiento o ejecución de los concretos delitos cometidos por la agrupación. Una consecuencia inmediata de esta constatación es que los ilícitos materia de esta denuncia no deben observarse como simples hechos independientes o aislados, sino interconectados, relacionados entre sí por derivar del mismo aparato criminal, lo que a su vez conduce a entender que nos hallamos ante delitos continuados en el sentido del art. 49º del Código Penal, de modo que el plazo de prescripción debe computarse recién desde el «día en que terminó la actividad delictuosa» . Conforme se ha expuesto anteriormente, la utilización de procedimientos internos y prácticas ilícitas para atentar contra el erario público fue una práctica utilizada desde que fue irregularmente designada en el cargo de Gerente General de SEDAPAL, en el año 2012, inclusive, hasta el año 2014. Consecuentemente, la prescripción de todos los delitos debe computarse recién desde el año 2012, de modo que haya expedita la acción penal respectiva por todos los delitos materia de la presente causa.

Un tema de notoria relevancia práctica es que los controles organizacionales han desaparecido y las personas con las que mantuvo una relación siguen en la empresa estatal SEDAPAL. La Sra. Rossina Manche Mantero, ex -Jefe de Proyecto en Saneamiento de PROINVERSIÓN, apenas se instaló encargo la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL el Ing. Humberto Chavarry Arancibia (Compañero de PROINVERSIÓN de Rossina, laboraba desde el 02.11.2006 como Profesional, sin roles gerenciales y/o de jefatura como lo establece el perfil).

Asimismo, la Sra. Rossina Manche Mantero como Gerente General, potenció la cuestionada tercerización de las actividades comerciales sistema SIAC (Servicio Integral de las Actividades Comerciales), actualmente en investigación del Congreso por la Megacomisión, con el nombramiento del Sr. Gustavo Maldonado, como Jefe Equipo Breña, se realiza un movimiento estratégico debido a que posteriormente el pasa a un Equipo Comercial, para de esta manera eliminar las funciones de Control del Equipo Gestión Comercial, donde este personaje era Jefe de Equipo y donde existía un sin fin de cuestionamientos, por la no aplicación de penalidades por incumplimientos en el SIAC. En lugar de renegociar favorablemente para la empresa, el contrato SIAC lo potencian perjudicando la economía de SEDAPAL, con los mismos personajes como formuladores, ejemplo el mencionado Gustavo Maldonado y la Sra Elizabeth García (actual Gerente Comercial), de esta manera beneficiando a las empresas que lo conforman que han incurrido en incumplimientos en los términos del contrato, como por ejemplo en la instalación de medidores, etc.

Una vez llegada la Sra. Rossina Manche Mantero a la empresa estatal SEDAPAL, nombra al Sr. Jorge Rocoba como Jefe del Equipo Productividad con Calidad (Hoy Equipo Gestión Integral) y fusiona el Equipo Control de Gestión, haciendo de esta manera impune sus actos, puesto que este último equipo, cumplía las funciones de auditor del Plan Operativo y Metas empresariales, a la vez que potenciaba la Gestión de la Empresa; a través del Balance Scorecard, como herramienta de gestión. El Sr. Jorge Rucoba, aprovechando su amistad con la Sra. Rossina Manche, se convierte en su cercano asesor y de esta manera se hace nombrar Gerente se Servicios Sur, duplicando de esta forma sus ingresos y así mismo, hace colocar a su esposa la Sra Bertha Pedreschi Osorio, como Jefe de Equipo Comercial Ate Vitarte, duplicando también sus ingresos, pero como la Sra Bertha tiene nivel 6, no es factible nombrarla en el puesto, sino sólo mantenerla encargada, subrepticiamente en un falso proceso, se le adjudica nivel 5, de esta manera podría en lo que va de la actual gestión, dotarle del nivel 3 de funcionario.

El Sr. Jorge Rucoba, artífice de muchos acomodos, es el impulsor del nombramiento del Sr. Percy Correa Quiroz y del Sr. Jonathan Calixtro, ahora encargados del Control Interno de la empresa estatal SEDAPAL, a tiempo completo, con procesos arreglados, y con el aval de la Sra Marilez Orbegoso, actual Jefa del Equipo Gestión Institucional (Antes Equipo Productividad con Calidad). Se ha procedido a convocar un servicio de consultoría mediante una ADP (Adjudicación Directa Pública), para verificar el avance del Control Interno por 395,000 nuevos soles, cuando este puede hacerse con personal propio, siguiendo la “Guía para la Implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado”, Resolución de Contraloría General Nº 458-2008-CG, sin necesidad de recurrir a un tercero que desconoce la realidad de la empresa y cuya convocatoria tiene una clara dirección.
Del mismo modo, el Sr. Jorge Rucoba, en asociación ilícita para delinquir con la Sra. Rossina Manche Montero, ha venido colocando jefaturas en áreas clave de la empresa como el Equipo Comercial San Juan de Lurigancho, donde colocó al Sr. Sandro Ballarta, quien era un adepto trabajador, cuando el Sr.Jorge Rucoba era Jefe del Equipo Productividad con Calidad y al que ascendió a nivel 5, en coordinación con la Gerencia de Logística y Servicios, para saltar luego a nivel 3, pero sus redes no terminan allí, sino que acomodó a la Sra. Paola Zúñiga como Jefe del Equipo Servicios y Clientes Especiales, y para luego moverla al Equipo Comercial Surquillo. De esta manera, el área comercial ha sido copada y es manipulable a los intereses de terceros que comprenderán el nuevo contrato del SIAC (Servicio Integral de las Actividades Comerciales). Este contrato en su primera ejecución fue por más de 600 millones de soles. Y la administración asegura que es la base para bajar el ANF en algunos puntos porcentuales (ANF = Agua No Facturada, actualmente en 29%, según SEDAPAL); sin embargo, quienes conocen el manejo efectuado, para bajar el ANF, saben que fue posible, no por razones correctivas que fueron pocas e ineficientes, sino por la aplicación del Manejo de Presiones por Nivel de Consignas, que de esta manera en teoría, es la administración de las presiones en diferentes horarios y zonas, cabe decir, que por las noches y horas de bajo consumo, la presión era reducida, de tal manera que a través de la fugas existentes y no detectadas, se perdería menos agua, pero como consecuencia está, que el problema subsiste.
El Sr. Jorge Rocoba, la Sra Marilez Orbegoso y la Gerente de Producción y Distribución Primaria, la Sra Yolanda Andia Cárdenas, son los ideólogos de desactivar el Equipo Manejo de Cuencas. Gracias a este equipo, se detectaba la contaminación química y/o bacteriológica de la fuentes superficiales en las cuencas de los ríos Rímac, Lurín y Chillón, además de la cuenca alta del Mantaro, encontrándose en muchos casos contaminación por arsénico en el agua de la cuenca alta y media, y se obligaba a que las actividades extractivas (minería y otros) depuren sus aguas, mediante la gestión con la OEFA, ANA, ALA, municipalidades y otros, según corresponda. Esta desactivación ha puesto en riesgo el estado de los embalses aguas arriba de las cuencas.

Una perla de la gestión de Rossina Manche y la Sra Elizabeth García, actual Gerente Comercial, es haber fusionado el denominado Equipo de Gestión Comercial con el Equipo Micromedición, situación anti técnica y a muchos de sus integrantes repartirlos por toda la empresa. Asimismo, desapreció el Equipo Control de Gestión, de esta manera se deshace de quienes realizan las labores de control en SEDAPAL. Asegurándose, que el nuevo contrato del SIAC no tenga cuestionamientos internos y que no se verifiquen el desempeño de los resultados por equipos, la Sra. Elizabeth García realizó una labor de escudero de la gestión del SIAC en los años 2010 al 2012, cuando era una trabajadora del Equipo Control de Gestión, en este equipo era la encargada de auditar al área comercial (no se realizó esa actividad por más de un año) y como Jefe de Equipo estaba el cuestionado Sr. Gustavo Maldonado Ayres. En ese periodo se observó incumplimientos por instalación de medidores por parte de la contratista y otros cuestionamientos por el servicio de terceros que no fueron penalizados y que perjudicaron a SEDAPAL y la población de Lima.

En la gestión de la Sra. Rossina Manche Mantero, y por maniobras de la Sra Marilez Orbegoso como Jefe del Equipo Productividad con Calidad, se desactivó y ocultaron el indicador “Costo del Agua por Insumo”, que se hizo para esconder el incremento en 100% de los costos de insumos para potabilizar el agua, a partir del último trimestre del 2013, situación por demás ilícito.

Se cuestiona, que la gestión de la Sra. Rossina Manche, no ha tomado decisión alguna para mantener el Sistema de Afianzamiento de Marca I y Marca III (en la cuenca del Mantaro, que aporta entre 6 a 8 m3/seg de agua cruda al rio Rímac), deteriorado por falta de mantenimiento preventivo en los canales 1,2,3 y 6 (Anexo 1), y que sirve para fines de justificar estudios y abultar los gastos por terceros.

A ello, debe agregarse que esta asociación ilícita para delinquir realiza pagos ilegales a la concesionaria de Huascacocha y la Planta Huachipa, esta última hasta la fecha no opera, complementada con el Ramal Norte y obras complementarias de adecuación de redes, que tampoco operan, y que la Sra Rosina Manche Montero y sus adeptos en ningún momento presionaron por la culminación de las obras. En la actualidad, la empresa estatal SEDAPAL realiza pagos ilegales a la concesionaria por derivar aguas de Huascacocha y que terminan en el mar, sin beneficio para la empresa estatal SEDAPAL. La Sra. Rossina Manche Mantero como Sectorista de Préstamos Multilaterales y en PROINVERSIÓN, como Jefe de Proyectos de Saneamiento, estuvo a cargo de los procesos más importantes de concesiones de SEDAPAL, como la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de “ Taboada” (revisar el escándalo sobre el particular en la época del APRA, inversión estimada US$ 496 millones), la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de La Chira (Inversión estimada US$ 253 millones), Huascacocha (Inversión estimada US$ 95 millones), los procesos de concesión de Lima Sur II (suspendido, inversión estimada US$ 226 millones) y las 18 Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de Lima (En proceso, inversión estimada US$ 43 millones), haciendo una inversión total de US$ 1,113 millones.

Del mismo modo, con Oficio 336-2013/SUNASS-120 (Anexo 2), en mayo del 2013, la SUNASS informa a SEDAPAL, la contaminación de agua que se produce en las plantas de La Atarjea y se distribuye a la población de Lima, con Cianobacterias y Algas, corroborando esta situación con intervención de DIGESA. Informándose que estos agentes son muy dañinos para la salud y cuyos valores según DS 031-2010/SA deberían ser cero (0), y que estos exceden las decenas de miles de células por litro.

Con el Oficio 357-2013/SUNASS-120, el 9 de mayo del 2013, se le informa de la próxima visita del personal de SUNASS a SEDAPAL del 13 al 15 de mayo del 2013 (Anexo 3). Realizándose una supervisión de campo de las Plantas No 1 y 2 y para lo cual se establece una información requerida. El 2 de agosto del 2013, SEDAPAL recibe el Oficio 587-2013/SUNASS-120, donde se informa de 5 observaciones; pero la más importante es la referida al abandono del mantenimiento y mala administración de los filtros, cuya arena (elemento filtrante) no es reemplazada desde hace más de 15 años, cuando la norma y la teoría, indica se haga cada 5 años. De esta manera podemos deducir la veracidad del agua contaminada que se venía denunciando incluso por el sindicato SUTESAL. La actual Gerencia de Producción y Distribución Primaria (Yolanda Andia Cárdenas) con el apoyo de la Sra. Rossina Manche Montero, en la Gerencia General y del Sr Jorge Rucoba y la Sra Marilez Orbegoso, desde el Equipo Productividad con Calidad, han desarticulado la capacidad técnica y operativa de las plantas, al desaparecer el equipo que supervisaba la salud de la cuenca y al erradicar los mejores técnicos de la planta y donde la actual gerente era anteriormente la funcionario jefe y responsable de la actual situación. Se nombran jefes de equipo en áreas con problemas, para al poco tiempo (2 a 3 meses) destituirlos.

La Sra Yolanda Andia Cárdenas, Gerente de Producción y Distribución Primaria, se niega a invertir en las mejoras de mantenimiento de las plantas, se observan las instalaciones en condiciones ruinosas. Se adjuntan fotos(Anexo 4), situación que trajo como consecuencia que a mediados del 2013 reventara una tubería de hierro por acción del óxido (falta de mantenimiento) por la presión en una unidad llamada OVNI que bombea agua potable a La Molina y otros distritos, felizmente en horas de la madrugada, y que pudo haber causado daños personales.

La Sra. Rossina Manche Mantero y el Sr. Jose Rucoba, en asociación ilícita para delinquir, han cambiado los nombres de algunos equipos por nombres anti técnicos y se han redistribuido funciones de un área a otra de manera irresponsable, con el fin de camuflar y distorsionar lo que viene sucediendo en la gestión empresarial de la empresa estatal SEDAPAL, como lo que se observa con el Equipo Mantenimiento de Plantas (ahora se llama Equipo Seguimiento y Control de Plantas), cuya función principal se le ha transferido al Equipo Operación de Plantas (actualmente se llama Equipo Gestión Integral de Plantas), a este último ya se habían agregado las funciones del Equipo Manejo de Cuencas (este equipo fue desactivado). Sin embargo, el problema más grave, que viene pasando SEDAPAL, radica en la producción producto de la actual deficiente Operación de las Plantas, siendo incompatible las funciones agregadas y que como consecuencia de esta mala administración tenemos la contaminación del Agua Potable que se distribuye a Lima por SEDAPAL. El Equipo Secretaria General (Filtro de las comunicaciones externas e internas y la Alta Dirección), ya no existe, dejando dudas de quien asume sus funciones.

Vienen a ser dos (2) años consecutivos (2012 y 2013), donde los fondos de la empresa se malgastan impunemente en festivales como el llamado CARAR ANUAL, donde el Sr. Jorge Rucoba, ensalza la “Para-Empresa” liderada por la Sra. Rossina Manche y donde se gasta fondos por más de S/. 300,000 soles improductivamente. Se adjuntan fotos.

La Sra. Rossina Manche Montero, en lugar de abordar el caso de la Cámara de Desagüe 210 de Lurín (CD 210), donde se ha observado, desde el 2011 hasta la fecha en temporada de verano, reboses que salen por la playa Arica, contaminando la playa y el mar con aguas servidas, promueve anti-técnicas una consultoría para reubicar la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales “Huascar” de Villa El Salvador-Lima. Se adjuntan fotos y denuncias periodísticas.

Esta asociación ilícita para delinquir no tiene escrúpulos, en quitar el laboratorio de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales “Huáscar” de Villa El Salvador-Lima, para llevarlo a otra planta, con la sola finalidad de conseguir un IS0-14001 para otra planta similar, y tener el beneplácito aparente con el Ministerio de Vivienda René Cornejo.

Esta asociación ilícita tiene como parangón a la Sra Marilez Orbegoso, que actualmente tiene como responsabilidad la información de Transparencia en la Web, la misma que al momento de la redacción del presente documento se encontraba desactualizada hasta por casi 3 meses. Asimismo, la información de “SIPERU” y del “Programa 148” han desaparecido.

En otro aspecto, el Equipo Investigación Normalización y Planeamiento Físico (ahora llamado Equipo Investigación, Innovación y Normalización), cuyo Jefe actual es la Sra Ana Rosa Quispe, persona sigue la línea ilícita de esta asociación ilícita con el objeto de extraer las actividades claves y otorgárselas a áreas donde el personal tiene colisionar con los lineamientos técnicos, parte de la actividad de esta área (Planeamiento Físico) se ha transferido al Equipo Pre Inversión (hoy llamado Equipo Planeamiento Físico y Pre Inversión), cuyo jefe vino con la actual gestión el Sr. Roberto Pedreschi Plasencia, y cuya anterior labor en el gobierno aprista fue de personal contratado, pero hoy es muy cercano al Sr. Jorge Rucoba.

El ex - Congresista de Gana Perú Javier Diez Canseco, en el diario La República del 20 de febrero de 2012, bajo el título de “DE CONGA A SEDAPAL”, mencionó que se estaba buscando un Gerente General Ad Hoc para Sedapal, por lo que se habrían reducido las exigencias, eliminando la necesidad de un Título Profesional y limitándolo a un Bachillerato, y reduciendo los años mínimos en roles de dirección y supervisión con la intención, aparente, de colocar a la jefa de Proyectos de Saneamiento de PROINVERSIÓN en el cargo. Todo bajo control.

El Sindicato Unitario de Trabajadores  Operadores de Estaciones de Control de Agua Potable y Alcantarillado (SUTOPEC), denunció que la empresa ENERLETRIC ING E.I.R.L. que se adjudicó un contrato de menor cuantía,  para el “Control de los sistemas de bombeo de aguas residuales para la Ciudad de Lima y Callao”, entrega implementos de seguridad de segunda mano a los operadores de las Cámaras de Desagüe (CD´s), por ejemplo; botas y mascarillas antigás, compradas a la empresa saliente de esta actividad, con la benevolencia de esta asociación ilícita para delinquir. Además, de que la ENERLETRIC ING E.I.R.L no cuenta con la experiencia necesaria, ni con el suficiente sustento económico, antes que se le adjudique el contrato de menor cuantía. SUTOPEC señala que “ahora sabemos que esta empresa no pudo ganar el concurso, sólo estaba apadrinada por el Ing. Víctor Álvarez Macha”.(adjunto pronunciamiento).
Es inexplicable, que esta asociación ilícita integrada por el Sr. Jorge Rucoba y la Sra. Bertha Pedreschi, pasan de vivir en una casa sencilla, en el distrito de Los Olivos-Lima, a vivir en la Av El Derby, Santiago de Surco-Lima. No obstante, que ambos tienen parentesco directo familiar y trabajan en la empresa estatal SEDAPAL, incurriendo en delito de nepotismo imputado a la Sra. Rossina Manche Mantero, al colocarla como encargada, a la Sra. Bertha Pedreschi Osorio,esposa del Sr. Juan Rucova, como Jefe de Equipo Comercial Ate Vitarte, duplicando también sus ingresos y otras gollerías.

La relevancia de ello es indiscutible en el presente caso debido a la pluralidad de hechos ilícitos cometidos por los denunciados, de modo que la acción penal a instaurarse en su momento contra los denunciados ante el Poder Judicial, deberá serlo por el delito de asociación ilícita y por todos aquellos en los que tuvieron intervención personal, por acción y omisión como aquí se sostiene.

Por lo expuesto, solicito a usted Sr. Ing. Rene H. Cornejo Díaz Primer Ministro, trasladar esta denuncia a la Comisión de Alto Nivel Anti-Corrupción contra la Sra. Rossina Manche Montero, con la reserva de comunicabilidad a la denunciada.

Atentamente,

Carlos Antonio Franco Pacheco

DNI N° 06998928

Dirección: Asociacion de Vivienda C-19.Chorrillos-Lima

E-mail: carlosfrancopacheco@gmail.com

Teléfono: 945058944

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