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Riesgos de incluir la formación de psicólogo forense dentro del Máster Oficial en Psicología Sanitaria Con el desarrollo hasta aquí planteado, se advierten tres grandes riesgos en caso de optar por organizar la formación del psicólogo forense dentro del Máster Oficial en Psicología Sanitaria: a) en lo referente a la adquisición de conocimientos y competencias de los profesionales. Estaríamos ante una formación insuficiente para el desempeño de la labor pericial, ya que la formación clínica va dirigida fundamentalmente al desarrollo de competencias para la práctica asistencial, labor ajena a la actuación forense. Por otro lado, la perspectiva clínica en el abordaje de la exploración psicopatológica resulta poco útil al perito psicólogo. Atendiendo a la enorme repercusión de la intervención forense creemos que esta vía dañaría la calidad del servicio dispensado, pudiendo causar graves perjuicios sociales y personales. Además, tal y como se ha referido previamente, resulta profusamente complicado que el transito del rol clínico al forense se haga de manera eficaz. b) En lo que se refiere al avance de la Psicología Forense. Supondría una pérdida de su propia identidad, lo que limitaría su evolución como campo disciplinar independiente, ya que los intereses y retos de la Psicología Clínica son distintos a los de la Psicología Forense (ver tabla 4). En consecuencia, no se innovaría ni crearía nuevo conocimiento específico para la forensía. [Insertar Tabla 4] c) En lo referente al progreso de la Psicología Jurídica. La segregación de la Psicología Forense supondría un fuerte impacto a la consolidación y desarrollo de la Psicología Jurídica atendiendo al considerable peso que representa dentro de la misma. En este sentido, podemos estar facilitando que el ámbito de la Psicología Jurídica sea absorbido por la Criminología. Un primer indicador de este riesgo puede inferirse de la elevada carga lectiva de asignaturas propias de la Psicología, especialmente relacionadas con la Psicología Jurídica, en el Grado de Criminología (ver tabla 5). Esta situación puede provocar un importante conflicto de competencia profesional entre criminólogos y psicólogos jurídicos en aquellos ámbitos relacionados con el Derecho Penal como así lo atisba el propio Libro Blanco sobre el título de Grado en Criminología y Seguridad (Giménez-Salinas, 2005) y algunos trabajos recientes surgidos en el ámbito de la Criminología (Climent, Garrido, y Guardiola, 2012; Sánchez, 2012). Propuesta formativa del psicólogo forense en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior Atendiendo a los objetivos del Espacio Europeo de Educación Superior y los estándares europeos en relación con el ejercicio profesional de la Psicología (Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos [EFPA], 2005) que requieren de una formación mínima de seis años distribuida de la siguiente forma: grado (que en nuestro país tendrá una duración de cuatro años), el Máster de la especialización y una formación práctica supervisada; entendemos que la complejidad y especificidad de la intervención forense, junto con la enorme repercusión del trabajo pericial, justifican el diseño de una formación especializada en este campo dentro del marco de la Psicología Jurídica. En consecuencia, lo ideal sería la creación de un Máster Oficial en Psicología Jurídica con diferentes itinerarios (i. e., Psicología Penitenciaria, Psicología de la Vitimización Crimininal) dentro de los que se recogería un itinerario curricular específico para el psicólogo forense. Este máster, conjuntamente con la práctica supervisada que comporte, tendría que garantizar la adquisición de una serie de competencias por parte del/a alumno/a que se refieren a continuación: Competencias generales.
Competencias específicas.
Competencias específicas de investigación.
Competencias Transversales.
Esta propuesta es compatible también con la actual iniciativa en relación con el sistema de acreditación profesional promovido por el Órgano Colegial (Jarne et al., 2012). Dicha acreditación versaría sobre las áreas de especialización tradicionales de la Psicología, entre las que se encuentra la Psicología Jurídica (recientemente se ha formado la División de Psicología Jurídica dentro del Consejo General de Colegios de Psicólogos de España), y se correspondería con el nivel de especialista. Asimismo, debería estudiarse la concreción de un ulterior nivel de acreditación que supondría la condición de experto y que definiría al profesional o científico que ha alcanzado competencias específicas de alto nivel, fruto de su experiencia en su puesto de trabajo. De este modo, el perfil del psicólogo forense podría quedar definido como un especialista en Psicología Jurídica con mención específica de Psicólogo Forense. Además, el profesional debería contar con una práctica supervisada en el ámbito jurisdiccional concreto en el que vaya a desarrollar su función. La Psicología Jurídica cuenta con perfiles profesionales claramente consolidados en el ámbito del ejercicio público de la profesión que deberían aparecer recogidos en los diferentes itinerarios ofertados en el Máster Oficial de Psicología Jurídica, reconocidos con una mención específica, lo que a su vez motiva la necesidad de buscar el reconocimiento oficial de esta especialidad. Como se señala en la propuesta colegial, una posible vía podría ser contar primero con el reconocimiento profesional (a través del colegio) y desde ahí, solicitar el reconocimiento oficial (Jarne et al., 2012). Conclusiones La intervención del psicólogo en el ámbito forense es una tarea compleja y de enorme responsabilidad, que exige de una formación especializada que aglutine, a su vez, una preparación amplia en distintos campos de la Psicología (Vázquez-Mezquita, 2005). La necesaria formación del psicólogo forense en el campo de la Psicopatología no puede justificar, por sí sola, la propuesta de articular la formación de estos profesionales dentro de un Máster en Psicología Sanitaria. En primer lugar, porque la Psicopatología no es el único campo de conocimiento que precisa el perito psicólogo; en segundo lugar, porque las características del contexto de exploración judicial obligan a unos conocimientos y habilidades específicos del psicólogo forense que difieren manifiestamente del psicólogo clínico a la hora de abordar la evaluación psicopatológica; y en tercer lugar, porque el profesional sanitario tiene como función primordial la labor asistencial primando en su formación el manejo de las distintas alternativas terapéuticas para cada uno de los trastornos mentales, temática de escaso valor para el perito psicólogo. Por otro lado, el debate generado no obedece a ninguna realidad profesional. Investigaciones realizadas ponen de manifiesto que los jueces solicitan de sus asesores en psicología una formación especializada en psicología forense (Catalán et al., 2013). Por lo tanto, lo ideal sería el diseño y la creación de un itinerario curricular específico y especializado para el psicólogo forense dentro de lo que tradicionalmente ha sido su marco disciplinar, esto es, la Psicología Jurídica. De este modo, se revela crucial demandar a la Administración de Justicia el desarrollo de un marco normativo que delimite de forma concreta y precisa las competencias y funciones del psicólogo forense, en este sentido, sería interesante retomar la iniciativa recogida en la Ley Orgánica 5/2000 sobre la creación de un Cuerpo de Psicólogos Forenses. Se trata de un paso previo un posterior reconocimiento oficial de la especialidad en psicología forense. También sería aconsejable que, desde la División de Psicología Jurídica del Consejo General de la Psicología, se demandase a la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) el desarrollo del itinerario acreditativo en el campo de la Psicología Jurídica y Forense (en la actualidad se ha desarrollado el de Educativa, Clínica y Salud, Organización y Trabajo y “otros”). En este sentido, señalar que la propia EFPA reconoce características propias y diferenciales a la práctica de la psicología dentro de la ley y la justicia, como lo demuestra el documento sobre recomendaciones para una práctica ética en el trabajo forense y como perito del psicólogo (EFPA, 2004). Desde el trabajo presentado se entiende que articular la formación en psicología forense a través del Máster en Psicología Sanitaria tiene el atractivo del refuerzo inmediato que supone obtener la única especialidad con reconocimiento oficial dentro de la Psicología y los beneficios que implica (capacitación sanitaria); sin embargo, ese itinerario curricular, tal y como se ha tratado de evidenciar, se aleja de las funciones y competencias demandadas a la práctica forense, lo que repercutiría negativamente en el servicio prestado a la sociedad en general y al mundo de la ley en particular, además de constituir un serio riesgo para el desarrollo científico y profesional de este área, hoy en día plenamente consolidada dentro de la Psicología aplicada. Referencias American Psychiatric Association. (2013). DSM-5. Diagnostic and statistical manual of mental disorders. Washington, DC: American Psychiatric Publishing. American Psychological Association. (2013). 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Vilalta, R. J. (2013, Febrero). Debate sobre la formación del psicólogo forense. Ponencia presentada en el VII Congreso (Inter) Nacional de Psicología Jurídica y Forense, Madrid. Tabla 1 Diferencias entre el ámbito clínico y forense en el abordaje de la exploración psicopatológica. Elaboración propia a partir de Muñoz y Echeburúa, en prensa. ![]()
Tabla 2 Diferencias en el proceso de evaluación psicopatológica en el contexto clínico y forense
Tabla 3 Áreas específicas de intervención del psicólogo forense y aportaciones desde la Psicología Clínica
Tabla 4 Diferencias en los intereses y retos de la Psicología Clínica y la Psicología Forense
Tabla 5 Carga lectiva de Psicología en el Grado de Criminología de la Universidad Complutense de Madrid
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